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Controles policiales en Medina del Campo. P. G:

La Policía Local de Medina del Campo denuncia a 229 ciudadanos por incumplir la normativa de movilidad en el estado de alarma

Los municipales han precintado en 18 días un total de seis peñas y tres bares han sido cerrados y dos obras paralizadas, además se han controlado 3.000 vehículos

Patricia González

Viernes, 3 de abril 2020, 11:21

Desde el pasado 15 de marzo hasta ayer dos de abril la Policía Local de Medina del Campo ha procedido a la denuncia un total de 229 personas que han incumplido la normativa obligatoria de movilidad marcada por el gobierno central para combatir el ... covid-19. A parte estas ilegalidades los agentes municipales, también han precintado un total de seis peñas de adolescentes. Han clausurado tres bares (establecimientos que deberían estar cerrados desde el pasado 15 de marzo) y han paralizado dos obras. Todas estas conductas irresponsables por parte de la ciudadanía, no son a juicio de la administración local, la respuesta general de los medinenses que ha sido la de» obediencia al entender que se trata de una emergencia de salud pública nacional, sin embargo, algunas personas no han sido tan conscientes de la situación y han salido a la calle».

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En cuanto a los controles estáticos, los agentes municipales ha inspeccionado a un total de 3.000 vehículos y se han identificado a 1.000 personas en la vía urbana. Para informar a todos los ciudadanos, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad han realizado labores pedagógicas para recordar cuáles son las normas decretadas por el Gobierno Central, durante la duración del estado de alarma. De lo contrario, concretan desde el Ayuntamiento, los infractores podrán ser sancionados con multas que irán desde los 100 euros hasta los 30.000 o implicar penas de prisión en función de la gravedad de los hechos.

Los ocho supuestos

Además de facilitar los datos de denuncias de la Policía Local de Medina del Campo se recuerda que en la actualidad hay un total de ocho supuestos en los que los medinenses si podrán salir de sus casas como es para la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad. Asimismo se permite la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios y la asistencia para cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

Desplazarse hasta las entidades financieras y seguros o al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial, de las que actualmente están reconocidas como servicios esenciales, también están permitidas. El retorno al lugar de residencia habitual, salir de casa por causa de fuerza mayor o situación de necesidad,

repostar el vehículo a estaciones de servicio o cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada, completan los ocho supuesto.

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El incumplimiento de cualquiera de estos preceptos repercute en que cualquier autoridad policial de España, dependiente ahora del Ministerio del Interior, tiene la facultad para sancionar a los ciudadanos. Unas sanciones que ya se han empezado a ejecutar a pesar de que, en un principio, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado han estado en fase de concienciación.

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