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La Sección Cuarta de la Audiencia de Valladolid ha condenado a tres años de prisión al policía nacional Jorge Alfonso Santana Aguado por detener ilegalmente y propinar puñetazos a un ciudadano que accedió a la Comisaría de Parquesol el 25 de mayo de 2022. ... El agente, condenado también a ocho años de inhabilitación absoluta, ha sido absuelto del delito contra la integridad moral al no apreciarse «un acto de contenido vejatorio o humillante».
Los hechos probados de la sentencia recoge que la víctima accedió al hall de las dependencias policiales, donde se hallaba ejerciendo labores de seguridad Jorge Alfonso. Le preguntó «incoherentemente» por el 'Geo3', si bien el policía le respondió que no existía ese grupo. Insistió por el 'Geo2' para recibir la misma contestación, y terminar preguntando por 'Geo1'. El listado de las preguntas, tras ser requerido que fuese más preciso, se centró en un tal Gustavo. «No hay ninguna persona con ese nombre en esta franja horario», agregó el agente.
En ese intercambio de preguntas, el agente se percató de que un vehículo accedía a una zona reservada para coches oficiales y tuvo que abandonar el interior de la comisaría. En ese momento, la víctima subió a la segunda planta, donde fue localizado por agentes de Subsuelo para acompañarle hasta la entrada. En ese momento, según reconoció Jorge Alfonso durante la vista oral, «de forma inopinada y sin motivo alguno», le propinó dos puñetazos que le hicieron caer al suelo para continuar con una patada en la pierna.
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Tras estos hechos, el agente ahora condenado detuvo a la víctima por un presunto delito de atentado contra la autoridad, sin quedar acreditados los empujones y los golpes de la víctima hacia el policía.
De hecho, el agredido declaró durante el juicio que solo recuerda la agresión y que entró en la comisaría porque vio banderas de España. La identificó como un lugar seguro en el que pedir ayuda, llegando a confundirla con el Hospital Río Hortega. «Estaba muy mal de la cabeza, estaba sufriendo un brote psicótico». Además agregó que subió a la segunda planta buscando a su psiquiatra, pues es usuario habitual de este servicio de salud debido a las secuelas de su internamiento durante la infancia en un hospicio en el que era maltratado. «Sentí el mismo miedo que cuando nos llevaban al orfanato y nos ahogaban en el agua», insistió la víctima.
Por estos hechos, Jorge Alfonso se enfrentaba a los delitos contra la integridad moral y detención ilegal. De esta forma, los fundamentos de derechos del fallo insisten en que la agresión «tampoco supuso vejación o humillación ni por el modo de infringirla ni por las circunstancias concurrentes». «La indefensión del agredido no se debió a la condición de agente de la autoridad ni al aprovechamiento de factores relacionados con la estancia en comisaría».
Considerada por el tribunal como detención «ilegal y arbitraria», la posterior denuncia del policía fue fruto de una «huida hacia adelante con la finalidad de neutralizar las posibles consecuencias adversas que se pudieran derivar de la previa agresión».
Asimismo, el tribunal ha considerado como atenuante la consignación de 9.000 euros por parte del agente.
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