A Juan Ángel Cantalapiedra Blanco, un joven vallisoletano de 23 años (nacido en 1969), le cayeron más de dos años de cárcel por declararse insumiso. Ocurrió hace treinta años. El 28 de mayo de 1993 entró en el Centro Penitenciario de Valladolid (la mal llamada ... cárcel de Villanubla). Su condena fue el doble de las que hasta entonces se habían dictado contra otros insumisos, pues se le aplicó la Ley de Reforma del Servicio Militar de diciembre de 1991, que igualaba al alza las penas por negarse al Servicio Militar y a la Prestación Social Sustitutoria (PSS), y la jurisdicción pasó de los tribunales militares a los penales, pues el Ministerio de Defensa no quería empañar su imagen llevando a cabo juicios contra insumisos.
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Hasta aquel mayo de 1993, Juan Ángel venía recorriendo un camino de varios años. Su caso tuvo especial repercusión pues fue el primer vallisoletano que ingresó en prisión, mas él siempre proclamó que no era cabecilla ni representante de nada por encima del resto de quienes militaban en el Movimiento de Objeción de Conciencia (MOC), una plataforma creada en los años ochenta.
En 1991 había declarados en Valladolid 855 objetores de conciencia, y unos 31 se declaraban insumisos, conscientes de que estaban abocados a comparecer ante un juzgado. Alfredo Hernández, profesor de Sociología de la Universidad de Valladolid, comentaba a El Norte de Castilla que la objeción enraizaba en «una juventud politizada no por los partidos sino por su militancia en movimientos sociales» y añadía que, además, «la mili cotiza a la baja pues ya no tiene el prestigio social de antes».
Algunas instituciones apoyaron, directa o indirectamente, la objeción de conciencia, como fue el caso del Ayuntamiento de Valladolid, entonces regido por Tomás Rodríguez Bolaños (PSOE), que en mayo de 1992 puso en marcha, en colaboración con el Consejo de la Juventud, una Oficina de la Paz, además de ofrecer 42 plazas en la estructura municipal para la Prestación Social Sustitutoria (PSS).
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El 6 de abril de 1993 comenzó el juicio que llevó a Juan Ángel ante el Juzgado de lo Penal. En marzo, otros insumisos vallisoletanos habían pasado también por el mismo trance judicial. En toda España se estimaba que habría unos 3.500 jóvenes insumisos.
El fiscal solicitaba dos años, cuatro meses y un día de prisión. Una pena superior a la solicitada para los otros procesados, pues su caso se enmarcaba dentro de la nueva Ley de Servicio Militar que -recordemos- había elevado las penas por insumisión. En el caso de Juan Ángel tenía que haberse incorporado a su acuartelamiento de Palma de Mallorca el 28 de mayo de 1992.
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Lo defendió el abogado Alberto Blanco. Los juicios que desde noviembre de 1992 se habían celebrado en Valladolid contra más de una docena de insumisos se habían saldado, de media, con penas de doce meses de cárcel, que no cumplirían pues el tiempo de condena y la ausencia de antecedentes penales les libraba del ingreso en prisión.
El juicio se aplazó, ya que el fiscal planteó la posibilidad en el Juzgado de lo Penal número 3, reconocida por el abogado defensor de Cantalapiedra, de que la condena pudiera llegar a los seis años y un día de inhabilitación. Y junto a la inhabilitación, el fiscal pedía cuatro años, dos meses y un día de prisión.
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Celebrada finalmente la vista el 6 de mayo de 1993, el juez lo condenó a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión. No obstante, la sentencia estableció la posibilidad de conmutar la condena por un indulto del Gobierno. Sentencia que, como había anunciado el condenado, no recurrió.
El joven recibió el apoyo de la práctica totalidad de los partidos de izquierda y organizaciones como CGT o JOC-E convocaron una manifestación para el día 3 de junio en la plaza de San Pablo.
El 20 de mayo, cuarenta insumisos rodearon la sede del PSOE para protestar contra la política del Gobierno en materia de insumisión y objeción de conciencia.
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Y la Plataforma por las Libertades de Valladolid se pronunció en favor de la libertad de todos los insumisos, la solución para quienes en ese momento estaban siendo juzgados y la derogación de la Ley de Objeción.
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El día que Juan Ángel ingresó en la prisión provincial de Valladolid, otros 32 insumisos estaban cumpliendo condena en cárceles españolas. Era el día 28 de mayo de 1993, una semana antes de las elecciones generales, y al tiempo de entrar calificó su encarcelamiento de «secuestro» por parte de las autoridades, que «no reconocen –decía- el derecho a la objeción de conciencia» de los que se niegan a realizar el servicio militar obligatorio: «Mi ánimo está a tope, aunque me encuentro triste. De todos modos, he de decir que no me arrepiento de nada y volvería a hacer los mismo, y aunque exista un ejército profesional, los objetores seguiremos luchando por una sociedad menos militarista».
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Finalmente, cumplió una condena firme de catorce meses, entre permanencia en prisión y el tercer grado. Y, por diversas interpretaciones jurídicas, a la pena no se añadió inhabilitación civil.
El Consejo de Ministros, en su reunión de 9 de marzo de 2001, aprobó un Real Decreto que disponía que a partir del 31 de diciembre de ese año se suspendía la prestación del servicio militar obligatorio. La despenalización del delito de insumisión no llegó a ser efectiva hasta enero de 2002.
Desde hace años, Juan Ángel Cantalapiedra, que cuando inició su andadura insumisa trabajaba en la hostelería, es un experto en papiroflexia que ejerce de artesano dedicado a la creación de figuras y objetos de papel.
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