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Hace algunos años, los conductores que eran sancionados por el incumplimiento de las normas de circulación en países europeos diferentes al suyo quedaban impunes a no ser que el agente de tráfico les notificara la infracción en el acto. Las multas no llegaban al domicilio del conductor infractor en su país de origen.
Esta laguna legal, tal y como especifican desde RACE, «quedó resuelta gracias a la Directiva Comunitaria 2011/UE del Parlamento Europeo», que surgió con el objetivo principal de facilitar el intercambio transfronterizo de información en lo referente a la seguridad vial; buscando hacer llegar las multas de los extranjeros en España y otros países de la UE.
Este acuerdo supuso un avance muy relevante en lo referente a la mejora de las medidas de seguridad vial en las carreteras europeas, ya que los países miembros podrían acceder a un registro de los vehículos de cada país, localizar al infractor y de esta forma, gestionar la multa. Desde entonces, tanto los conductores como los pasajeros extranjeros pueden entrar en la lista de infractores por no usar el cinturón de seguridad, entre otros motivos, y la infracción continuará vigente en su país.
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Ignacio Repilado
Ignacio Repilado
En España, la norma para aplicar esta Directiva entró en vigor en 2015 a través del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre que actualizaba la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial.
En la actualidad, todos los países de la Unión Europea aplican el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico, excepto Irlanda y Dinamarca.
El Comisariado Europeo del Automóvil CEA, entidad que regula el intercambio transfronterizo de información de tráfico, establece ocho tipos de infracciones que serán las que se comunicarán al infractor independiente del país europeo en el que incumpla la norma.
Exceso de velocidad
No ponerse el cinturón de seguridad u otro sistema de retención homologado.
Saltarse un semáforo, señal de Stop o Ceda el Paso.
Conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas.
Conducir bajo los efectos de estupefacientes.
No llevar casco si se circula en moto.
Circular por un carril prohibido, circulación indebida por el arcén o por un carril reservado para determinados usuarios.
Utilizar el teléfono móvil u otro tipo de dispositivos de comunicación al volante.
De acuerdo con la Dirección General de Tráfico, los franceses, los portugueses y los alemanes son los que más infracciones cometen en España con el coche y suelen ser por exceso de velocidad. Ante estos supuestos, desde España la autoridad competente solicita al país de origen del infractor los datos para enviarle una carta certificada en el lenguaje del país de matriculación del coche. En caso de que este trámite no se realice, no tendrá validez, tal y como especifican desde RACE.
A partir de aquí, en algunos casos depende del amonestado la voluntariedad de cubrir o no la cuantía impuesta. Esto se debe a que en Europa no existen leyes que obliguen a su pago, y tampoco se puede embargar una deuda en una cuenta extranjera por este motivo. En países como España, que impone el cobro de la sanción a través de una autoridad administrativa, es más complicado que se pueda exigir el pago. Sin embargo, en países como Alemania, Holanda o Irlanda, las multas se pueden ejecutar por vía judicial.
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