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Detectores e inhibidores de radares cada vez son más comunes, pero también son ilegales. De hecho, usar un inhibidor conlleva una de las multas más caras que pueden caer además de la retirada de carnet. Son 6.000 euros. Esta es una de las novedades que ha entrado este año con la nueva Ley del Tráfico.
El artículo 11 prohíbe «instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros», así como cualquier instrumento que permita «eludir» o «interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico». Y lo mismo ocurre con los mecanismos de detección de los mismos. Y especifica que tampoco está permitido «emitir o hacer señales con dicha finalidad».
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De hecho, el pasado día 8 la Guardia Civil sancionó a un vehículo que circulaba por la A-231 entre León y Burgos, según recoge Europa Press. Al ser un detector de radares lo que llevaba instalado y no un inhibidor la sanción es de 200 euros y tres puntos menos.
Los agentes se percataron de que podía llevar un detector porque el vehículo se acercaba a una gran velocidad pero en cuanto se acercó al radar redujo la marcha de «manera poco habitual». Así vieron una luz roja que parpadeaba y lo acompañaron a un taller que desmontó el dispositivo y confirmó que se trataba de un detector y no un inhibidor.
La diferencia entre llevar un aparato u otro es notable. En el caso de llevar instalado un inhibidor de radar, implica una sanción económica de hasta 6.000 euros y seis puntos de retirada del permiso de conducción para el conductor del vehículo, así como una sanción de 30.000 euros al taller encargado de su montaje.
Por otra parte, si lo que utiliza es un detector la multa es de 200 euros y tres puntos de carné menos sin sanción para el taller que instaló el sistema.
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