Uno de los requisitos que exige la Dirección General de Tráfico (DGT) para obtener o renovar el carnet de conducir es superar un reconocimiento médico, que debe realizarse en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado. Consiste en una serie de pruebas psicofísicas para determinar si el aspirante es apto para conducir. Se trata de un examen que, anualmente, realizan alrededor de 2,5 millones de personas.
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Durante la revisión, el facultativo comprueba que el aspirante está en plenas facultades físicas. Realiza pruebas de aptitud visual, capacidad auditiva y reflejos, además de preguntar acerca de las enfermedades padecidas, tanto físicas como psicológicas. El examen finaliza con una prueba frente a una máquina similar a un videojuego para evaluar la capacidad de coordinación y los reflejos ante una situación inesperada al volante.
Las pautas seguidas figuran en el Protocolo de Exploración Médico-Psicológico para los CRC, fue actualizado el verano de 2022 (en vigor desde enero de 2023) y sustituye al de 2007.
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En el nuevo protocolo se han actualizado las tres áreas de intervención -valoración, riesgo y consejo- para unificar y armonizar los criterios seguidos en la evaluación de los conductores.
«El objetivo de la modificación es dar un nuevo enfoque centrado en facilitar la elaboración de cribado, ofrecer criterios y puntos de corte para simplificar la toma de decisiones sobre la aptitud y potenciar la intervención preventiva del CRC trabajando el consejo preventivo como herramienta útil en seguridad vial».
El nuevo protocolo detalla todos los procedimientos que el profesional del CRC debe aplicar para evaluar al aspirante para obtener el carnet de conducir o para renovar el documento. Consiste en la elaboración del historial médico con la información aportada por el paciente, observación del aspirante (aspecto físico, aseo, forma de caminar, uso de ayudas…), percepción de riesgo, recogida de datos personales y exploración básica (visión, audición y cardiovascular).
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El protocolo pone mayor énfasis en la evaluación de riesgo atendiendo a las características como conductor. Asimismo, ofrece modelos para calcular examinar la agudeza visual y usar de códigos de restricción en función de la discapacidad, explica la DGT en su publicación mensual 'Tráfico y Seguridad Vial'. La nueva normativa contempla los avances tecnológicos de los automóviles de última generación (sistemas ADAS,) que hacen que los criterios de riesgo vial hayan cambiado respecto al protocolo que estaba anteriormente en vigor.
Desde los CRC, indican que el nuevo protocolo «cambia el significado del procedimiento de valoración, dándole un sentido mucho más preventivo, dirigido a la concienciación y sensibilización del riesgo vial». Al diferenciar capacidad y condición médica, se valora en base a la exposición al riesgo. Es decir, «se evalúa el riesgo en función de las características como conductor».
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Por último, el protocolo también hace referencia a la aplicación de adaptaciones del vehículo, prótesis y elementos de ayuda en los casos de que las deficiencias del conductor sean temporales o permanentes. Una pérdida auditiva se puede compensar con espejos retrovisores suplementarios, de la misma manera que algunas deficiencias de visión pueden provocar que se limite conducción nocturna de la persona que las sufra.
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