El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) defiende la actuación de los diferentes órganos judiciales que han intervenido a lo largo de los últimos cinco años en los procesos de divorcio y custodia en los que han litigado los padres de la ... niña Olivia, supuestamente asesinada por la madre este pasado fin de semana en Gijón.
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La información facilitada por el Alto Tribunal autonómico pormenoriza y justifica las diferentes decisiones adoptadas desde 2018, cuando se tramitaron diligencias previas «como consecuencia de la denuncia de violencia de género presentada por la mujer contra su marido», expone el comunicado remitido en la tarde de este jueves. Entonces, se adoptaron una serie de medidas «penales y civiles», añade la notificación, entre ellas una orden de alejamiento. El procedimiento se instruyó hasta la celebración del juicio.
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La sentencia de divorcio, en febrero de 2019, de Eugenio García y Noemí Martínez, tuvo en cuenta el citado procedimiento en instrucción que se había abierto por violencia de género contra el progenitor, por lo que otorgó la guarda y custodia de la pequeña Olivia, que iba a cumplir tres años, a la madre. La Audiencia Provincial de Segovia confirmó posteriormente esta sentencia.
Según la documentación adjuntada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, el Juzgado número 1 de lo Penal emitió una sentencia, el 11 de febrero de 2020. En ella condena a Eugenio García a nueve meses de prisión como autor responsable de un delito de malos tratos con lesiones en el ámbito familiar y con la presencia de menores. También, de manera accesoria, se le prohibía acercarse y comunicarse con la madre en un área de cincuenta metros durante un año y nueve meses. Asimismo, ese mismo fallo absolvía al padre de los delitos de violencia habitual, de lesiones psíquicas y de otro delito leve de injurias.
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La representación legal de Noemí Martínez interpuso un recurso de apelación que fue desestimado por la Audiencia Provincial en octubre de 2020.
Por su parte, el progenitor interpuso una demanda de modificación de la sentencia de divorcio para pedir una rebaja de la pensión de alimentos, «aunque no solicitó nada en relación con la guarda y custodia» de Olivia, remarca la información del Tribunal Superior de Castilla y León. El fallo le fue favorable y confirmado posteriormente por la Audiencia Provincial.
El TSJCyL prosigue el relato de lo acontecido en los tribunales y se remite a otros procesos en 2021 y en el presente 2022, relativos a la solicitud de autorización de la mujer para trasladarse a Gijón con su hija. En una primera instancia, un auto del Juzgado resuelve que Noemí Martínez «tenía que volver a Palazuelos de Eresma, ya que se había marchado antes de que se dictara resolución judicial». En ella, se le pide a la madre que repita la petición de autorización judicial e inste a la modificación de las medidas correspondientes. El padre, que ya había dejado el domicilio compartido en el núcleo de población de Tabanera del Monte, perteneciente a Palazuelos de Eresma, reconvino la demanda y pidió la guarda y custodia. «Desde 2019 hasta este momento, no lo había hecho», matiza la información del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
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OLAYA SUÁREZ | MARCOS MORO
El Juzgado dictó en junio de 2022 una resolución, como «medida provisional», que autorizaba a Noemí Martínez a desplazarse con Olivia a la localidad asturiana. A su vez, «se estableció un amplio régimen de visitas del hombre y manteniendo la guarda y custodia a favor de ella porque el hombre se hallaba condenado por un delito de violencia de género por el Juzgado de lo Penal número 1 en febrero de 2020», condena que además fue confirmada por la Audiencia Provincial de Segovia en noviembre.
En ese momento, Eugenio García «estaba pendiente de cumplir la pena de prisión impuesta al haberse acordado la suspensión de la misma por un plazo de dos años, bajo la condición de no volver a delinquir» en dicho periodo de tiempo.
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Por último, hubo recientemente una nueva vista para resolver la guarda y custodia de Olivia y el traslado de la mujer a Gijón. El Juzgado acordó el 27 de octubre otorgar la custodia completa a Eugenio García al entender que «la menor tenía sus raíces en la provincia de Segovia, su padre, su familia extensa, colegio, vecinos y amigos y ese es el interés superior de la menor que debe primar».
Por lo tanto, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León defiende en el procedimiento llevado a cabo en el divorcio y el litigio por la guarda y custodia de la niña Olivia. Asegura que el Juzgado «ha tramitado y resuelto en todo momento y sin demora los procedimientos penales y civiles conforme las partes personas iban planteando distintas cuestiones a lo largo de los últimos años».
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