Consulta la portada del periódico en papel
Ciclistas pasean a los pies de la sierra de Guadarrama y con el pico de la Mujer Muerta al fondo. I. Jimeno
Segovia

La justicia madrileña anula parcialmente el plan de usos del Parque de Guadarrama

El fallo afecta a la apertura de nuevas vías de escalada, al empleo de edificios antiguos para hostelería y a pruebas deportivas multitudinarias

Viernes, 18 de noviembre 2022, 06:59

La sección octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado de manera parcial un recurso que presentó la organización Ecologistas en Acción, en colaboración con el Grupo de Acción por el Medio Ambiente (Grama), en ... el que denunciaba que el paraguas que despliega el Plan Rector de Usos y Gestión (PRUG) del Parque Nacional Sierra de Guadarrama es insuficiente y se queda corto para cubrir «el objetivo» de la declaración, que es precisamente «la conservación de los valores» que hicieron al espacio merecedor de la figura de protección.

Publicidad

El auto anula varios artículos del documento que zonifica, ordena y regula las prácticas que se pueden llevar a cabo en las diferentes áreas en las que se dividen las 33.960 hectáreas de espacio natural, de las que 12.246 están en territorio segoviano.

Ecologistas en Acción saluda el auto judicial. Pero su coordinadora en la federación madrileña, María Ángeles Nieto, teme que el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso repita la estrategia adoptada en otros litigios, consistente en ampararse en que la sentencia no es firme para interponer un recurso que alargue el proceso y deje sin efecto y, por lo tanto, sin aplicación, el fallo que resuelve la suspensión de los artículos señalados por el TSJ madrileño.

Las anulaciones se sustentan en que «la infracción del principio de no regresión ambiental, es decir, la reducción del nivel de protección», resume la organización demandante. Es el argumento que emplea la sección octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo para sustentar, por ejemplo, la anulación del artículo 47.b) en su punto quinto del PRUG referido a la escalada en roca. El plan rector recoge, siempre si se cumplen determinados requisitos del reglamento, la posibilidad de autorizar la apertura de nuevas vías equipadas de escalada.

Publicidad

Pernocta y vivaqueo, más altos

El TSJ de Madrid también asienta en la merma de la protección la anulación que afecta al artículo que regula las pernoctaciones y el vivaqueo en el espacio natural. En concreto, el auto vuelve a elevar la cota para permitir estas estancias al raso por encima de los 2.100 metros.

Sin embargo, el ámbito en el que Ecologistas en Acción prevé un mayor revuelo es el que rodea a la celebración de competiciones y pruebas deportivas de montaña dentro del perímetro del parque nacional. El auto judicial incluye en su serie de anulaciones el punto primero del artículo 38. El PRUG permite este tipo de eventos de manera genérica siempre que no tengan una incidencia en el entorno natural y sean compatibles con el objetivo de la declaración de protección, deduce Ecologistas en Acción.

Publicidad

Pero el Plan Director de Parques Nacionales, «norma de rango superior», es más restrictivo, matiza la asociación. Dicho marco estipula que la concesión de autorizaciones para el desarrollo de campeonatos o pruebas deportivas «es algo excepcional».

Protesta que realizaron grupos de aficionados al ciclismo en 2018 por las restricciones a la práctica de este deporte en el parque nacional. M. Á. L.

En este grupo estarían, según el PRUG, carreras que se hayan celebrado en el ámbito de aplicación del plan antes de la fecha de entrada en vigor, que en Castilla y León se aprobó el 23 de mayo de 2019 y en Madrid, el 11 de febrero de 2020; que además continúen haciéndose ininterrumpidamente con posterioridad a dichas fechas, y que las citas se evalúen de baja incidencia ambiental, tanto en lo que respecta a su itinerario como a la época de celebración.

Publicidad

Otro artículo del Plan Rector de Usos y Gestión que toca el auto es el 45, en su punto segundo, sobre los permisos de acceso público y tránsito en todos los caminos y senderos del parque. En este capítulo, el TSJ se decanta del lado más restrictivo, que es el del Plan Director de Parques Nacionales, y rebaja la generalidad de la que hace gala el documento recurrido por Ecologistas . Así pues, «se obliga a valorar la idoneidad de los caminos y si alguno de ellos debe ser renaturalizado o clausurado».

Por último, la organización también pone uno de los focos de más interés en la anulación relativa al artículo sobre el cambio de uso de las edificaciones existentes en el interior del parque, y en concreto dentro de las zonas de uso especial. La traducción que hace la asociación es que se frena la transformación de antiguos refugios y albergues o viejas instalaciones ganaderas en negocios de hostelería, con la consiguiente contaminación acústica, generación de basura y masificación que supondría.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

0,99€ primer mes

Publicidad