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El pasado 22 de diciembre, los procuradores de Vox remitían a la Consejería de Cultura un listado de 167 vestigios franquistas distribuidos por las nueve provincias de Castilla y León. Pedían que la Consejería procediera «a la adopción de las medidas necesarias para evitar ... la destrucción, retirada o eliminación de edificaciones, construcciones, escudos, insignias, placas y cualesquiera otros elementos u objetos» que transmiten «una información significativa» referente al «pasado histórico» y que se encontrarían en riesgo por ser «contrarios a la memoria democrática».
Instaban así a su consejero, Gonzalo Santonja, designado por Vox para el puesto, a «promover la incoación del procedimiento para la declaración como de interés cultural de los bienes referidos», o bien que los incluyera en el inventario de bienes del patrimonio cultural de Castilla y León«.
Es un modo de pedir protección para unos símbolos que, en caso de aplicarse la ley de Memoria Democrática aprobada a finales del año pasado, podrían retirarse de su ubicación actual.
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Vox ha identificado 167 bienes, entre los cuales se encuentran cerca de ochenta placas y lápidas en las que figuran nombres y apellidos de los «caídos por la Guerra Civil». También hay cruces, monolitos como el Pampliega, con un escudo con la inscripción «Una, grande y libre», o monumentos como el dedicado a los caídos y al general Mola en Alcocero. También se recoge el azulejado que se esconde bajo la escalera de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valladolid, en el que se agradece a Francisco Franco su apoyo para reconstruir el edificio tras un incendio.
El artículo 35 de esa ley considera elementos contrarios a la memoria democrática aquellos «en los que se realicen menciones conmemorativas en exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar y de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron la dictadura, y las unidades civiles o militares de colaboración entre el régimen franquista y las potencias del eje durante la Segunda Guerra Mundial». Y añade, en el punto 3 de ese artículo, que las administraciones públicas, «en el ejercicio de sus competencias y territorio, adoptarán las medidas oportunas para la retirada de dichos elementos».
Y poco después contempla la única excepción para estos elementos: su valor artístico o arquitectónico. Dice la ley: «Concurrirán razones artísticas cuando se trate de elementos con singular valor artístico que formen parte de un bien integrante del Patrimonio Histórico Español. Únicamente se considerará que concurren razones arquitectónicas cuando el elemento sea fundamental para la estructura del inmueble, de tal modo que su retirada pudiera poner en peligro la estabilidad del inmueble o cualquier otro aspecto relativo a su adecuada conservación».
Si se mantienen en pie, como podría ocurrir en el caso de la Pirámide de los Italianos, por ejemplo, por su interés artístico, según la Junta, «habrá de incorporarse una mención orientada a la reinterpretación de dicho elemento conforme a la memoria democrática».
Los elementos retirados no se destruirán, según establece la norma. Se depositarán, sin exhibirse públicamente, en las dependenicas que corresponda y se «realizará y actualizará un registro» del elemento retirado. El Gobierno trabaja en un catálogo, creado a partir de la contribución de las comunidades autónomas o de información aportada por asociaciones o particulares, de los elementos a retirar. En todos los casos habrá un plazo de alegaciones.
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