Castilla y León
420.966 habitantes necesitan ayuda para su dependencia pero sólo el 37% la solicitaCastilla y León
420.966 habitantes necesitan ayuda para su dependencia pero sólo el 37% la solicitaDiecisiete años cumple la Ley de Dependencia. Y aunque en todos estos años, con el importante bache de los recortes en la crisis de 2008, se ha avanzado de forma interesante se está muy lejos de cumplir con las expectativas de aquella normativa. Muchas menos ... solicitudes de las que cabría esperar por las necesidades ayudas que no sirven para cubrir servicios.
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Y, aunque en el panorama español, Castilla y León ha liderado la efectividad de las prestaciones desde que se solicitan hasta que se conceden. Y así una persona mayor sin autonomía o con discapacidad que precisa apoyos para su día a día encuentra algún amparo; pero aún siendo la región cabeza de las lista cada año del buen hacer, también está lejos de dar la cobertura total a los números de la dependencia. Uno de los datos que comparte toda España es la gran distancia entre el número de personas que potencialmente necesitaría apoyos en su rutina de vida y no ya los que se benefician de ella, sino los que lo solicitan. Muy lejos de los que lo necesitan. Así los datos del Ministerio de Derechos Sociales, recoge en su sistema estadístico (SAAD) que hay 420.966 castellanos y leoneses que potencialmente, según esta administración y en base a datos del INE, son dependientes. Sin embargo, sólo el 37,12% de ellos, es decir, 156.261personas a fecha del pasado día 30 de noviembre habían solicitado ayudas a la Junta. Más alto no obstante, que el porcentaje de media nacional, del 31,78%, y el más elevado después de Andalucía que alcanza el 40%. Además, la población dependiente de Castilla y León crece y, mientras en 2008 se atendía a un 4,70%, ahora ya alcanza al 6,6%. Algo que explica fundamentalmente el envejecimiento de Castilla y León.
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En la actualidad, las resoluciones de grado alcanzan a 146.879 de estos ciudadanos y 166.850 es el número de prestaciones en la comunidad, algunas personas pueden beneficiarse de más de una. Y aunque la debilidad se detecta sobre todo en la falta de solicitudes, es decir, es el propio demandante quien no lo hace; lo cierto es que, en cualquier caso, miles de personas dependientes viven sin apoyos externos y recae todo el peso en los cuidadores informales, en las familias o en el pago de servicios o asistentes sin financiación gubernamental. Son muchas las voces a lo largo de estos años que reclaman mejorar los datos de solicitudes.
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Con motivo de este XVII aniversario, la Asociación de Directores y Gerentes en Servicios Sociales ha analizado el recorrido nacional de todos estos años, en el conjunto español y por autonomías, paar concluir que «es un derecho pendiente». Este observatorio analiza así otros tantos datos, 17, sobre el desarrollo real de esta normativa.
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Castilla y León disfruta de los mejores datos de lista de espera, con sólo un 0,18% de personas beneficiarias en ella. En el otro extremo está Cataluña, con el 27.08%. Y además este indicador ha mejorado con un descenso del 15,4%. Hay, por lo tanto, 18.515 dependientes a la espera de sus prestaciones económicas o de servicios. Y también está en la deseada cola del llamado limbo de la dependencia. Durante 2023 el número de personas con derecho reconocido en espera de atención ha descendido en 15.019 personas en todo el país y hay, a nivel nacional, 162.411, en esta situación (sólo 175 en la comunidad). «A este ritmo se tardarían once años en lograr la plena atención», señala el citado observatorio.
La asociación destaca que «pocos asuntos de Estado alcanzan tanto consenso y son de tanta urgencia social como la atención a las personas en situación de dependencia. Y, sin embargo, en el sistema, a pesar de los incrementos presupuestarios, sigue existiendo maltrato institucional debido a la burocracia y a la desidia e impericia de algunos gobiernos de comunidades».
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El desarrollo de la Ley ha presentado en estos diecisiete años «una evolución desigual que bien se puede resumir en seis fases bien diferenciadas: La de despegue inicial que se desarrolló desde el inicio hasta mediados de 2011 y que supuso un desarrollo inicial plagado de dificultades (lo que era lógico para un sistema tan complejo) en el que, a pesar del avance, ya se percibían algunos de los grandes problemas de implantación: la desigualdad territorial y la insuficiencia financiera». No obstante, hasta finales de 2011, «nos encontrábamos con 1.280.000 personas valoradas como dependientes (94.915 en la región)». Después, repasa, llego la etapa de «recorte de derechos y de estrangulamiento financiero que supuso un auténtico desastre para la evolución del SAAD. Esta fase se inicia en 2012 y se prolongó casi cuatro años hasta bien entrado 2015. Junto a las restricciones presupuestarias (bajada de los importes de las prestaciones económicas y minoración de la financiación autonómica con disminución del nivel mínimo y supresión del nivel acordado) se combinaron medidas de restricción de derechos para las personas dependientescomo fueron la inexplicable 'legalización' de un plazo de carencia de dos años hasta poder percibir prestaciones económicas por cuidados en el entorno».
En la tercera fase comenzó la recuperación. «Hubo que esperar a superar el ecuador de 2015, con la entrada al sistema de la totalidad de las personas con Grado I» y en la cuarta se registró «una nueva ralentización del sistema con las prórrogas de los presupuestos recortados de 2018; lo que derivó en un preocupante empeoramiento de las cifras». Después, con la pandemia, hubo otra ralentización. Posteriormente, en una sexta y última etapa, comenzó el «despliegue del Plan de Choque para la dependencia con un importante aumento de personas atendidas y la recuperación de algunos derechos, con la aprobación del Real Decreto 675/2023, de 18 de julio; aunque muchas autonomías, entre ellas la de Castilla y Léon, no ha repercutido todo el aumento financiero setatal en ello».
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En cualquier caso, añade, «ha sido palmario el fracaso de la Administración Central en asegurar el equilibrio interterritorial en el ejercicio de derechos como mandato específico del artículo 9 de la Ley», concluye.
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