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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Zamora ha decretado el sobreseimiento y archivo de las diligencias abiertas por el vaciado del embalse de Ricobayo el pasado verano, al entender que los hechos que se recogen en la querella carecen de reproche penal y que no existe indicio alguno de criminalidad en la actuación llevada a cabo por la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) e Iberdrola.
Las actuaciones tienen su origen en la denuncia y posterior querella interpuesta contra la CHD y la empresa eléctrica que gestiona el pantano por un presunto delito contra los recursos naturales y el medio ambiente.
El auto judicial determina que los hechos contenidos en la querella carecen de reproche penal y no presentan indicio alguno de criminalidad respecto a la actuación llevada a cabo por las dos entidades, aunque deja abierta la posibilidad de que se presenten acciones civiles.
La juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Zamora hace referencia al informe emitido por el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil y asegura que si bien ha existido un descenso importante de las aguas, «no se aprecia afección grave que atente contra el medio ambiente y a la fauna que ella alberga, al no tener constancia ni observar muerte de fauna existente».
El auto se basa además en que tampoco se tiene conocimiento de desabastecimiento de poblaciones por el vaciado del pantano. «El descenso del nivel de agua puede afectar al resultado de las cosechas principalmente de las dehesas y las actividades relacionadas con las embarcaciones de recreo, pudiendo existir en todo caso, de probarse los daños alegados, una responsabilidad patrimonial que debe depurarse en la vía administrativa», sostiene el juzgado.
La querella se basaba en que el embalse había pasado de estar a más de un 60% a principios de julio a un 12% el día 31 de ese mismo mes y que se habían producido daños irreparables en la fauna.
Según el juzgado, estos hechos podrían ser constitutivos de una infracción administrativa porque «a pesar de que se hayan podido producir situaciones de estrés para la fauna por la alteración o pérdida del hábitat, no se han observado episodios de mortalidad masiva de peces u otras especies».
Ante este auto judicial, se puede interponer recurso de reforma o subsidiario de apelación, lo que ya han decidido hacer el expolítico Luis Rodríguez San León y un grupo de ciudadanos que interpusieron la querella y que sostienen que «la realidad es la realidad» y que existe un informe que hace constar que las aguas de Ricobayo se situaron en un nivel de oxígeno por debajo de 5, «que es lo que se establece como límite para la supervivencia de la fauna piscícola».
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