Los Bomberos sofocan el incendio originado el 1 de mayo en el camino Viejo de Simancas.

Los incendios por quema de pelusas comienzan a preocupar a los Bomberos

El parque de Arroyo confirma que ya ha tenido que efectuar dos salidas por este tipo de fuegos, la última esta mañana en el camino Viejo de Simancas

Marco Alonso

Valladolid

Lunes, 1 de mayo 2023, 19:31

La irrupción de la primavera lleva aparejada la llegada de las molestas pelusas- que generan los chopos hembra y que no son otra cosa que milanos que acompañan a las semillas y no polen como muchos creen-. Este material combustible se va acumulando en las ... calles y cualquier chispa puede causar un incendio, tal y como y sucede año tras año. La primera llamada al 112 para alertar de un incendio originado por la quema de pelusas en 2021 se registró el 8 de mayo, pero el calor reinante este año ha hecho que el ciclo de estos árboles se adelante y los bomberos del parque de Arroyo de la Encomienda (Valladolid) ya han tenido que intervenir en dos ocasiones para apagar incendios generados por la quema de pelusas.

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El último de los incendios registrados con pelusas como material causante se ha producido en el camino Viejo de Simancas, junto a la urbanización Las Lagunillas. La rápida intervención de los Bomberos ha ayudado a que el fuego solo afectara a unos cien metros cuadrados de maleza, aunque el servicio de extinción de incendios advierte que la quema de este material puede causar fuegos muy importantes en un año tan seco como este.

La inmensa mayoría de estos fuegos son intencionados y un incendio provocado está tipificado como delito penal. Las penas se endurecieron de forma notable en 2015. De hecho, si el fuego afecta a un bosque, la sanción puede acarrear penas de uno a tres años de prisión, siempre y cuando no haya peligro para las personas, en cuyo caso la pena puede ascender de 10 a 20 años. No obstante, este tipo de fuegos se suelen registrar en medios urbanos y no suelen ser forestales, por lo que la sanción más común por este perjuicio al medio natural llevaría aparejada una pena de seis meses a dos años de prisión, además de una multa de 6 a 24 meses, tal y como refleja el artículo 356 del Código Penal.

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