El Procurador pide garantizar acompañamiento hospitalario para pacientes vulnerables
En su resolución recomienda limitar la carencia de compañía lo más posible aunque sea por Covid y garantizar, al menos, la información sobre el proceso
«Los motivos que han determinado el no acompañamiento continuo del paciente por un familiar de tan elevada edad, han sido dos, fundamentalmente: por su ... atención inicial en zona Covid, de riesgo para el familiar y su patología grave que requiere un manejo diagnóstico, terapéutico y de vigilancia contínuo por el personal sanitario». Es la contestación del Río Hortega al Procurador del Común ante una queja por falta de humanidad en el caso de un paciente especialmente vulnerable por edad y otros problemas. La situación era delicada, ocurrió el año pasado, porque el afectado había estado inicialmente en zona Covid y aunque los familiares se ofrecieron a someterse a pruebas o ponerse un equipo de protección individual (EPI), el servicio de Urgencias estimó que su acompañamiento en tales circunstancias no estaba recomendado.
El Río Hortega impidió a la familia estar con un anciano aunque se ofrecieran a ponerse un EPI al ser zona Covid
La oficina de Tomás Quintana destaca que desde Sacyl «se nos puso de manifiesto que la atención inicial del paciente en zona Covid, de riesgo para el familiar acompañante y la patología grave del paciente habían determinado que estuviera solo y que, por otro lado, la presunta demora en recibir información por parte de los familiares obedecía a la situación diaria de los Servicios de Urgencias y al tiempo que requiere tratar una patología grave con la finalidad de ofrecer una información veraz y clara».
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En atención a la información recibida «señalamos que, siempre dentro del respeto al criterio médico, en los supuestos de atención en zona Covid debería valorarse, además del riesgo de contagio de los acompañantes, las circunstancias concurrentes en cada caso para limitar la adopción de medidas restrictivas a los casos estrictamente necesarios e insistimos en la importancia de proporcionar información adecuada y suficiente sobre el proceso asistencial del paciente y sobre las atenciones sanitarias prestadas, especialmente en supuestos en los que no se permite el acompañamiento del paciente».
Por elllo, esta procuraduría resuelve que se impartan «las instrucciones necesarias para que se garantice el adecuado respeto al derecho de acompañamiento» e indica que el Sistema de Salud de Castilla y León «debe orientarse a la humanización de la asistencia y que, en esas instrucciones, se haga hincapié en la importancia de proporcionar información adecuada y suficiente sobre el proceso asistencial del paciente y sobre las atenciones sanitarias prestadas».
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