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Un gato asomado a una ventana de un edificio de viviendas. antonio tanarro
Mata al gato de su pareja tirándolo por la ventana de su domicilio en Valladolid

Mata al gato de su pareja tirándolo por la ventana de su domicilio en Valladolid

tribunales ·

La sentencia impone al acusado seis meses de prisión pero condiciona su entrada en la cárcel a no cometer otro delito

M. J. Pascual

Valladolid

Miércoles, 25 de mayo 2022, 00:04

Durante una disputa con su pareja en el domicilio, para hacerle daño, cogió al gato y lo tiró por la ventana. El hombre así lo reconoció durante el juicio el pasado 23 de mayo y se ha conformado con la sentencia impuesta, de seis meses de prisión. El magistrado del Juzgado de lo Penal 3 de Valladolid ha decidido suspender la condena durante un tiempo de dos años pero la condiciona a que el acusado, Joel Torres Tejada, que estaba inmerso en un procedimiento de violencia de género, no vuelva a cometer otro delito.

Según refiere la sentencia, todo comenzó a las 12:45 horas del 27 de agosto de 2021, en una disputa entre la pareja, que en ese momento se encontraba en su piso de la calle Cartagena. Durante el «incidente» (por el que se ha abierto procedimiento en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer), el hombre cogió a la mascota y diciéndole a la mujer «ahora te jodes», «de forma deliberada lo arrojó por la ventana». El animal murió como consecuencia de ser lanzado desde un tercer piso y estrellarse contra el suelo.

810 euros de multa

Estos hechos constituyen un delito de maltrato animal de los artículos 337,1 y 3 del Código Penal del que se considera criminalmente al acusado como autor y se le impone una pena de seis meses de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial durante dos años para el ejercicio de profesión, cargo u oficio en relación con animales y la tenencia de animales, con condena al pago de las costas, incluyendo las de la acusación particular.

No obstante, conforme al artículo 80.3 del Código Penal se suspende la pena de prisión impuesta durante dos años. Esta medida está condicionada a que el acusado no cometa delito alguno durante el periodo de suspensión, a que comunique cualquier cambio de domicilio en ese periodo y al pago de una multa de nueve meses con cuota diaria de tres euros. Si incumple cualquiera de estas condiciones, advierte el fallo, se revocará la suspensión y entrará en prisión. La sentencia es firme.

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