![Valladolid: Condenado a ocho meses de cárcel el dueño del perro 'Cooper' por asfixiarlo hasta la muerte](https://s2.ppllstatics.com/elnortedecastilla/www/multimedia/202205/20/media/cortadas/cooper-sentencia-kNUH-U170157177756nFI-1248x770@El%20Norte.jpg)
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El Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid ha condenado a ocho meses de prisión a Luis Esteban Núñez por matar, al meter un trapo por la tráquea, a su perro 'Cooper' en Santovenia a finales de mayo de 2018. Por su parte, su ... ahora exmujer, Raquel Fernández Rodríguez, ha quedado absuelta de los delitos de maltrato animal y de maltrato con resultado de muerte.
Luis Esteban, que se declaró culpable en la vista oral, se enfrentaba a penas desde los ocho meses (petición de la Fiscalía) y hasta los tres años y ocho meses, solicitados por las acusaciones populares Libera y Defaniva. El juez ha tenido en cuenta el atenuante de alteración psíquica y le ha absuelto del delito continuado de maltrato animal.
El matrimonio adoptó a 'Cooper', un cachorro de seis meses, a través de la protectora Defaniva tras superar varias entrevistas personales. «Raquel normalmente salía a pasear al perro junto a su hija de seis años. Pero dejamos de ver al perro, por eso empezamos a preguntar», afirmó la que era presidenta de la protectora en mayo de 2018, Tatiana Díaz. «Sin saber nada de 'Cooper', llamaba a Raquel desde la protectora y nunca me cogía el teléfono, porque hasta el momento solo teníamos fotos del perro junto a su hija en una situación normal. Un día llamé con mi teléfono personal y tras presentarme, me colgó», continuaba la presidenta.
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La inquietud en las trabajadoras de la protectora llegó el día que se encontró con la hija del matrimonio y les dijo que «'Precioso' (nuevo nombre que le dio la familia a 'Cooper') estaba muerto». «Creo que la niña tenía ganas de contarlo, porque el perro acumulaba tres meses muerto en la cocina», añadía Tatiana.
Afirmación que corroboró la veterinaria que analizó los restos del can, quien no pudo practicar la autopsia al estar tres meses muerto en la cocina de la vivienda. «Era un esqueleto, sus tejidos estaban en un periodo de descomposición y no era posible hacer la necropsia», ha declarado la veterinaria, que también afirmó encontrarse un trapo en la tráquea lo que «hubiera podido provocar la muerte del animal».
Caso mediático, sentencia ejemplarizante y peligrosidad social fueron términos que se emplearon durante el juicio de la muerte de 'Cooper' y durante las alegaciones, especialmente por las acusaciones populares. Conceptos que el juez considera, por separado, «reprobables». «Fundamentar una pena en atención al contenido mediático del asunto deja la labor judicial en manos de la masa que se pronuncia públicamente reclamando justicia cuando lo que parece invocarse es una venganza», refleja la sentencia.
Sobre el término ejemplarizante expone que «las sentencias han de ser justas y legales y no servir de guía para orientar una moral imperante», añade.
La peligrosidad social es «quizas el peor de los razonamientos para justificar una resolución judicial». «La peligrosidad social es un término desterrado de nuestro ordenamiento porque evoca a tiempos dictatoriales, introducirlo como argumento para que S.Sª exacerbe la respuesta penal parece claramente desacertado».
Precisamente, ese día, en el que fue hallado el esqueleto de 'Cooper', envuelto en plásticos y mantas, los acusados «se encontraban tranquilos». «Empezaba a dar la versión de los hechos, por eso dije a mi compañera que fuera a por un caja y que llamara a la Guardia Civil», añade la ahora expresidenta de Defaniva, que ha tenido que dejar el cargo tras este episodio.
«Escuchamos a la hija decir que su padre pegaba al perro de forma continuada», ha declarado, por su parte, una voluntaria de la protectora de animales.
Defaniva y Libera, que mantenía la petición de tres años y ocho meses de cárcel, pidió una rebaja de la pena a su exmujer al entender que la responsabilidad de Raquel pudo estar atenuada por «el miedo» que le infundía su pareja y, por tanto, no denunciar los hechos.
La sentencia no es firme y frente a la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia de Valladolid en el plazo de diez días.
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