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El Defensor del Paciente ha remitido una nueva denuncia a la Fiscalía Superior de Castilla y León por una supuesta omisión del deber de socorro a un anciano de una residencia de la provincia de Valladolid por parte de una aseguradora privada que no mandó ... una ambulancia propia para que trasladaran al paciente a un hospital. Según la denuncia particular recogida por la asociación, los hechos se remontan al pasado 26 de julio, cuando desde la residencia Montes Torozos de Villanubla (Valladolid) se solicito por teléfono al servicio de urgencias de Asisa una ambulancia para trasladar a un anciano enfermo al hospital Sagrado Corazón de Valladolid. El hombre, nonagenario, presentaba un cuadro de insuficiencia respiratoria, motivo por el que desde el centro geriátrico se llamó a la aseguradora Asisa porque, «es la entidad a la que mis padres están vinculados a través de Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS)», precisa el denunciante, hijo del fallecido.
La llamada a Asisa se realizó a las doce de la mañana, pero no hubo respuesta hasta que a las cinco de la tarde, esta empresa «sin prestar aún el servicio solicitado, recurre al 061 (Servicio Público de Salud) para recoger y trasladar a mi padre a un centro público de Salud (Hospital Río Hortega de Valladolid), donde ingresó una hora después, a las seis de la tarde. Cinco días después, el anciano, de 93 años, falleció. »Resulta innegable que la edad de mi padre hacía prever cualquier desenlace irreversible. No sabremos nunca si, de cualquier forma, su situación hubiera sido o no reversible. Sin embargo, sí que puede afirmarse con firmeza que la atención dispensada por Asisa no responde al Servicio de Urgencia así requerido ya que fueron más de cinco horas de espera y tras numerosas llamadas, tanto de Montes Torozos como por esta parte, solicitando reiterada y desesperadamente el servicio solicitado«, concluye el escrito de denuncia.
Es la tercera denuncia del Defensor del Paciente que llega a la Fiscalía Superior de Castilla y León desde que se decretó el estado de alarma relacionada con la gestión de la pandemia en las residencias de ancianos. Las dos primeras han sido archivadas. Carmen Flores, la presidenta de esta sociación, solicita en este caso que se abra una investigación por una supuesta omisión del deber de socorro «al no llegar la ambulancia y a las cinco horas de continuas llamadas de la residencia donde estaba el paciente, Asisa, en lugar de enviar una dotación llama al 061 de la sanidad pública, que llega una hora más tarde, se hace cargo del residente y le traslada al Hospital Río Hortega Valladolid«. Entiende el denunciante que los responsables del servicio privado de asistencia han incurrido en dejación de responsabilidades respecto de las llamadas de urgencia «al no atender de inmediato la llamada de urgencia porque el paciente, de haber sido atendido a tiempo, 18 horas antes, podría haber salvado la vida«.
En este sentido, se pide a la Fiscalía que investigue y que solicite las grabaciones de las llamadas y las razones por las que no fueron atendidas. «¿Se les discriminar por la edad y porque las llamadas eran de una residencia, cumpliendo así el mandato del Gobierno de Castilla y León de no derivar a los ancianos a los hospitales?», se pregunta Carmen Flores, quien apostilla si el archivo, por parte de la Fiscalía, de la denuncia sobre la orden de la Junta para que no se moviera a los ancianos enfermos de las residencias, «tiene algo que ver y se sienten impunes».
El pasado junio, la Fiscalía de la Comunidad decidió archivar la denuncia del Defensor del Paciente sobre la orden de la Junta con el argumento de que «No es factible construir una imputación sobre la base de lo que les hubiera pasado a los residentes de haber sido ingresados en los hospitales, que igual hubiera supuesto también su fallecimiento». Consideraba que «ningún dato o elemento concreto se aporta por la denunciante que permita contar con el principio de prueba necesario que justifique la investigación por parte del fiscal». La fiscal superior, Lourdes Rodríguez Rey, subrayaba en la resolución que no hay indicios de que la Junta haya incurrido en un delito de desatención sanitaria a los ancianos de las residencias y por ello cerró las diligencias preliminares sobre el documento suscrito por Servicios Sociales y Sacyl que daba instrucciones a las direcciones de los centros geriátricos para que prevaleciera la asistencia en esos mismos centros y no se trasladara a los residentes enfermos a los hospitales durante las peores semanas del estado de alarma, cuando los fallecidos en las residencias de Castilla y León por covid o con síntomas compatibles ya superaban los 2.400. «De las denuncias remitidas y la documentación aportada no se desprenden datos que puedan dar lugar al ejercicio de la acción penal por el ministerio fiscal, por entender que los hechos no revisten carácter de delito«, concluyó el decreto de archivo.
Tras analizar la documentación elaborada a partir del 20 de marzo por la Junta con los protocolos de actuación en los centros asistenciales durante los momentos más graves de la pandemia, el ministerio público concluye que en los hechos denunciados «no se aprecia la concurrencia de los requisitos que tipifican el delito de denegación de asistencia sanitaria o abandono de servicios sanitarios» ni tampoco, sostiene, se percibe que exista una «conducta omisiva, pues no se ha dejado de asistir sanitariamente a los residentes de los centros de mayores». Tampoco ve prevaricación administrativa en las decisiones de la Junta que se adoptaron, indica, siguiendo criterios médicos.
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La resolución de la Fiscalía puntualiza que «en uno de los momentos de mayor incidencia de la pandemia en Castilla y León (también en los centros residenciales), con un sistema sanitario saturado o al borde del colapso, los enfermos y residentes estuvieron sometidos a un control médico y sanitario». Con ese fin, «se estableció un sistema que aseguraba la atención sanitaria en residencias de carácter social», argumenta, en alusión a la creación de los equipos covid residencias que, «compuestos por médicos de familia, especialistas en intensivo, medicina interna y paliativos, supusieron la integración de la atención primaria y la atención hospitalaria y se convirtieron en soporte sanitario de las residencias de ancianos». Sostiene que «se adoptaron las medidas necesarias para asegurar los cuidados médicos y hospitalización a domicilio (prescripción de oxigenoterapia, suministro de medicación de uso hospitalario o tratamiento antibiótico intravenoso) que permitían una asistencia médica con las debidas garantías sin necesidad de desplazamiento a los hospitales salvo que este fuera necesario«.
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