Secciones
Servicios
Destacamos
El pleno del Ayuntamiento de Valladolid aprobará el lunes 18 la ordenanza que regula la nueva zona de bajas emisiones de la ciudad. Según el proyecto, las multas por acceder al perímetro con vehículos no autorizados se deberían comenzar a interponer en 2025, aunque el ... concejal de Movilidad piensa que esos tiempos se pueden dilatar hasta bien entrado 2026. No obstante, hay una serie de vehículos que estarán exentos de ser multados, tal y como aparece reflejado en el proyecto, que contempla exactamente las mismas exenciones que la propuesta del equipo de gobierno anterior.
Noticias relacionadas
Las exenciones a las que se podrán acoger los conductores para acceder a la zona de bajas emisiones de Valladolid, aunque sus vehículos estén catalogados como no aptos para entrar dentro del perímetro restringido son las siguientes:
Los vehículos de los que dispongan las personas físicas o jurídicas, empadronadas en la zona de bajas emisiones en régimen de propiedad, usufructo, 'renting', 'leasing', retribución en especie o como vehículo de sustitución.
Los vehículos acreditados que presten servicios de urgencias en la vía pública sobre suministro de agua, gas, electricidad o telecomunicaciones y de sus contratistas que realicen obras en la vía pública.
Los taxis.
Los vehículos de transporte público colectivo, los autobuses turísticos que den servicio a las líneas que circulan por el interior de Valladolid que cuenten con la autorización municipal, los autobuses que den servicio a los establecimientos o instituciones de la zona y los vehículos que den asistencia a los mismos.
La carga y descarga, en los términos establecidos en la Reglamento Municipal de Tráfico.
Los vehículos de empresas, sean estas personas físicas o jurídicas, siempre que dichos vehículos sean necesarios para prestar sus servicios o para la entrega o recogida de suministros.
Los vehículos que indiquen quienes ostenten la propiedad de plazas de garajes particulares, o en alquiler, situadas en el interior de la zona, con destino a la plaza de garaje en el interior de la ZBE.
Vehículos de mudanzas, servicios funerarios y vehículos destinados al transporte de fondos y gestión del efectivo, para atender servicios dentro de la ZBE.
Grúas de rescate de vehículos y vehículos-taller para auxilio en carretera para atender servicios dentro de la ZBE.
Se permitirá el acceso a talleres ubicados en la zona.
Se permitirá el acceso a los aparcamientos privados para la clientela alojada en los hoteles y alojamientos turísticos autorizados en la zona, integrados en la ZBE.
El acceso estará libre para acudir al hospital, a citas médicas y a clínicas veterinarias existentes en la zona.
También podrán entrar los vehículos para actos en la vía pública y ocupaciones cuyo acceso autorice el órgano competente para autorizar el acto u ocupación.
Por último, podrán acceder y aparcar en la zona los vehículos de las unidades familiares con ingresos anuales inferiores a 1.3 veces el IPREM anual, incrementados en el caso de unidad familiar o de convivencia, en un porcentaje por cada miembro adicional (20% por el primer miembro adicional, 10% por el segundo y 5% por el tercero y siguientes), hasta el límite máximo del 2,1 del IPREM anual, por unidad familiar), incluyendo sólo un vehículo por cada unidad familiar.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.