La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha declarado nula de pleno derecho la ordenación prevista en el PGOU de Valladolid para abrir un nuevo tramo de calle que invadía y partía transversalmente en dos el colegio ... Nuestra Señora de Lourdes en su franja trasera, la paralela al río Pisuerga. Los magistrados dan la razón a la Congregación de los Hermanos de La Salle y tumban este proyecto con el que se buscaba dar continuidad a la calle Curtidores y crear una zona estancial con un vial entre Gregorio Fernández y Espíritu Santo, que se metía dentro del centro educativo, dejando parte de sus dotaciones aisladas del conjunto.
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Los magistrados atienden la principal pretensión del colegio contra esta planificación, que afectaba directamente a edificios e instalaciones del complejo, además de «causar un daño en el funcionamiento global del mismo», según argumentaba la recurrente. El vial dibujado en los planos, con una superficie de 2.188 metros cuadrados, dejaba desconectado del conjunto el pabellón denominado 'La Gratuita', una pieza histórica del colegio donde, a principios del siglo XX, se impartía enseñanza a alumnos sin recursos y que en la actualidad alberga las clases de Música de 16 grupos y el aula-taller de Tecnología y Plástica, además de un almacén de uso habitual.
También separaba en esa estrecha franja el parque botánico del Lourdes, en el que se programan actividades sobre naturaleza y que es uno de los espacios de recreo de los estudiantes. La apertura de la calle complicaba asimismo la disposición de los patios, la entrada al pabellón y al teatro-auditorio y algunas cocheras, entre otras dotaciones y redes subterráneas. De haber salido adelante, el colegio estimaba que el coste de las obras para adecuar y retapiar los espacios e instalaciones afectadas hubieran supuesto un desembolso mínimo de 400.000 euros.
El Ayuntamiento utilizaba la figura urbanística de 'Actuación Aislada de Normalización y Urbanización' para acometer esta intervención. Así, a cambio de este suelo ofrecía un aumento de edificabilidad al centro. La sentencia subraya, como argumentaba el colegio y ratificaron los peritos judiciales, que esos metros cuadrados a mayores no se pueden materializar en una parcela ocupada «con gran intensidad por la edificación y actividad existente y en gran parte protegida». «No se da la debida o adecuada compensación», consideran los magistrados del TSJ.
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La Sala hace suyos los argumentos del colegio al destacar que el Ayuntamiento «no motiva el interés y la necesidad» de este nuevo vial, que «no es estructurante, sino que se trata de una calle menor». La prolongación hasta Espíritu Santo no iba a tener continuidad, además de estar en rampa y apenas registrar tránsito peatonal, se argumenta en el fallo. Según se recoge en la resolución, el recorrido por la ribera del Pisuerga a su paso por la zona de Curtidores «no se interrumpe en el colegio Lourdes, pues existe fuera de la parcela un espacio y un camino que garantizan su continuidad en una cota inferior, dentro del bosque de galería».
La propiedad consideraba que la ordenación propuesta suponía una pérdida de derechos reconocidos por los planeamientos generales de Valladolid durante las últimas tres décadas y valoraba el perjuicio exclusivamente derivado del cambio de condiciones urbanísticas en cerca de seis millones de euros. En los diferentes informes que ha manejado el centro, se aclara que si el Consistorio hubiera utilizado la expropiación o la ocupación directa –«instrumentos expresamente habilitados por la legislación vigente para obtener y ejecutar las dotaciones propuestas»–, hubiera supuesto una significativa carga para la Administración Local, ya sea en forma de aprovechamiento urbanístico o de monetización de derechos, que podría alcanzar los ocho millones, según sus cálculos.
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El director del centro, Jorge Meneses, se mostró satisfecho y aliviado por una sentencia que deja al centro indemne. «Partía el colegio en dos y afectaba a zonas e instalaciones básicas para nuestro funcionamiento», afirmó ayer al ser consultado.
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Pero esto puede no haber acabado aquí. Fuentes de la Concejalía de Planeamiento aseguraron que al decaer esta ordenación se aplicará la que regía en el PGOU de 2004, con lo que se buscará obtener este espacio –considerado como sistemas generales a pesar de ubicarse en una parcela privada– por medio de la expropiación.
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El Ayuntamiento recuerda que este proyecto para dar continuidad a la calle Curtidores y habilitar un área verde está recogido en el Plan Especial de las Riberas del Pisuerga, así como en la normativa urbanística y, por tanto, «hay que darle cumplimiento». El contencioso podría pues resucitar porque el colegio parece que presentará batalla. Al Lourdes no le interesa una compensación monetaria, sino mantener la actual disposición de las instalaciones educativas.
Consulta la sentencia completa a continuación:
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