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¿Qué ocurre si recibes una multa después de vender tu vehículo?Puede darse el caso de que tiempo después de haber vendido tu vehículo a otra persona, recibas en tu domicilio la notificación de una multa asociada a ese coche o moto. Si bien lo primero que se nos puede venir a la cabeza es que ... ya no es responsabilidad nuestra, puesto que dicho automóvil ya no nos pertenece, el hecho de recibir esa sanción supone que algo no se ha hecho correctamente durante el proceso de compraventa.
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Lo primero que se debe comprobar en estos casos es si la fecha de la infracción es anterior o posterior a la venta de nuestro vehículo. En el caso de que sea de antes, la respuesta es clara y somos nosotros los responsables de abonar el pago de la multa. Sin embargo, si es posterior, es donde puede haber más confusión. En estos casos, todo depende de si se ha notificado o no el cambio de titularidad del vehículo a la Dirección General de Tráfico (DGT). Esto es importante tenerlo en cuenta ya que en el caso de no hacer oficial este cambio ni notificarlo en una de las jefaturas de Tráfico, por mucho que ya hayamos vendido el automóvil, este figura a nuestro nombre, lo que significa que todas las infracciones que se cometan con ese coche o moto serán responsabilidad nuestra.
Por esta razón, siempre se recomienda realizar este trámite nada más realizar la venta. En el caso de que lo hayas hecho así y recibas la notificación de una multa con ese vehículo, lo que se debe hacer es acudir a una oficina de la DGT y solicitar un certificado de antecedentes. De esta forma, se puede comprobar si tus datos siguen figurando como titular del mismo. Por tanto, si has hecho correctamente este trámite, puedes recurrir la sanción y que esta repercuta en el comprador. Para demostrarlo, se debe enviar un documento en el que se detalle todo lo sucedido, facilitar la matrícula del vehículo, los datos del comprador y la fecha en la que se realizó el proceso de compraventa.
En este tipo de situaciones, los dos factores clave que hay que tener en cuenta para que no haya problemas con las notificaciones de las multas son tanto los plazos como el proceso de tramitación. Si la infracción se ha producido en los primeros 15 días desde la firma del contrato de compraventa, no hay ningún problema. Sin embargo, si este proceso se ha realizado después, la responsabilidad de abonar la multa continuará siendo nuestra.
Para realizar este proceso, lo primero que se debe hacer es acudir a una Jefatura de Tráfico con la documentación necesaria (DNI, contrato de compraventa, justificante de pago e impreso de solicitud de notificación de venta del vehículo. Después, la DGT se encarga de cambiar el titular del vehículo en su base de datos, lo que significa que a partir de ese momento, todas las infracciones que se cometan con ese coche o moto dejarán de ser responsabilidad nuestra.
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