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La letra 'M' llega a las matrículas españolas después de tres años bajo la 'L' como novedad. El Norte
DGT: Septiembre se estrena con un cambio en las matrículas: llega la 'M'

Septiembre se estrena con un cambio en las matrículas: llega la 'M'

Tres años después de la letra L, en la primera quincena del próximo mes se matriculará el primer vehículo bajo la placa 'MBB'

Miércoles, 31 de agosto 2022

La letra 'M' llega a las matrículas españolas después de tres años bajo la 'L' como novedad. De hecho, los coches que salen hoy del concesionario lo hacen ya próximos al cambio secundadas por la 'Z'. Así, se espera que la primera matrícula de esta nueva era, representada por MBB ya que no se utilizan vocales en el sistema de matriculación, llegue a mediados de septiembre. Una pandemia, una guerra y una crisis energética, que han influido en el consumo y en la venta de coches, han hecho que se haya tenido que esperar tres años para ver ese cambio de letra -un año más respecto al cambio anterior-.

Las matrículas definen la antigüedad del vehículo

La primera matrícula registrada en España bajo el actual sistema de matrículas que eliminaba las distinciones provinciales fue en septiembre del 2000. Veintidós años han pasado en trascurrir por veinte letras- además de las vocales ni la 'Ñ', ni la 'Q' ni la 'LL' ni la 'CH' están incluidas-, y estas son las combinaciones que se han delimitado en estas dos décadas:

• Matrículas BBB a BZZ: Septiembre 2000 - Octubre 2002

• Matrículas CBB a CZZ: Octubre 2002 - Septiembre 2004

• Matrículas DBB a DZZ: Septiembre 2004 - Mayo 2006

• Matrículas FBB a FZZ: Mayo 2006 - Febrero 2008

• Matrículas GBB a GZZ: Febrero 2008 - Diciembre 2010

• Matrículas HBB a HZZ: Diciembre 2010 - Noviembre 2014

• Matrículas JBB a JZZ: Noviembre 2014- Junio 2017

• Matrículas KBB a KZZ: Junio 2017 - Septiembre 2019

• Matrículas LBB a LZZ: Septiembre 2019 - Septiembre 2022

Vehículos no matriculados

Como regla general se debe matricular cualquier vehículo a motor así como remolques y semirremolques que usen cualquier tipo de vía pública, por lo que quedan fuera de nuestro ámbito la matriculación de embarcaciones náuticas, aeronaves o cualquier otro vehículo que no haga uso para su desplazamiento de las vías públicas.

Quedan también excluidos los remolques y semiremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos. Asimismo, están exentos de matriculación los vehículos de movilidad personal (VMP) que son aquellos que tienen una velocidad mínima de 6 km/h y una velocidad máxima de 25 km/h. Es el caso de, por ejemplo, los patinetes eléctricos no tienen obligación de estar matriculados excepto si tienen sillín y pueden alcanzar hasta los 50 Km/h.

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