Un conductor se asegura de que no pasa nadie antes de abrir la puerta. PIXABAY
Tráfico

La multa de la DGT por abrir la puerta del coche sin mirar

Se trata de una sanción que también se aplica si el vehículo no está completamente parado

Á. Gago

Valladolid

Sábado, 5 de noviembre 2022, 13:11

No son pocos los malos hábitos que tienen los conductores al bajar y subirse de sus vehículos, como por ejemplo abrir la puerta sin asegurarse de que no está siendo un riesgo para el resto de personas por no mirar si va a pasar un coche, peatón o ciclista. La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que antes de abrir la puerta hay que mirar por el retrovisor. Para intentar acabar con estos pequeños accidentes, pero que pueden acabar en catástrofe por su peligrosidad, el reglamento contempla la posibilidad de sancionar económicamente a los conductores.

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No es una multa muy conocida, pero es igual de importante que evitar fumar mientras se conduce o si se padece una enfermedad que lo imposibilita. La DGT también asegura que es muy poco habitual o muy difícil de captar en el momento exacto, ya que tendría que ser un agente el que presenciase el momento justo en el que el conductor se bajase del vehículo sin mirar.

Esta multa está recogida en el artículo 114 del Reglamento General de Circulación y se considera una infracción leve: «Se prohíbe llevar abiertas las puertas del vehículo, abrirlas antes de su completa inmovilización y abrirlas o apearse de aquel sin haberse cerciorado previamente de que ello no implica peligro o entorpecimiento para otros usuarios, especialmente cuando se refiere a conductores de bicicletas».

Hasta 260 euros

La multa por bajarse del vehículo sin mirar es de 260 euros, pero si el pago se efectúa antes de lo acordado será de 180 euros. Esta sanción también se aplica a los conductores que abren la puerta del coche sin estar completamente parado.

Los más afectados por estos malos hábitos son los ciclistas. Por ello, son el foco de varias medidas de la Ley de Tráfico que contemplan la obligatoriedad de ocupar el carril contrario para adelantar a las bicicletas con el vehículo y la prohibición de parar o estacionar en un carril bici. Ambas suponen 200 euros de multa.

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