El Día de Todos los Santos, festivo en todo el territorio nacional, es una jornada en la que la carretera no tiene tregua. El reguero de vehículos es continuo puesto que son muchos los que optan por su turismo particular como medio de transporte, ya sea hasta los cementerios donde descansan sus seres queridos, hasta una segunda residencia o hacia otro lugar de descanso.
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Ante cualquier imprevisto, es importante conocer las reglas de circulación. La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda cuándo es obligatorio activar las luces de cruce o cortas. Por ejemplo, circular de día con las luces cortas activadas reduce el riesgo de sufrir un accidente, ya que aumenta la visibilidad de los vehículos, incrementa el contraste visual entre vehículos y su entorno, eleva la distancia de detección y mejora la identificación de los vehículos y las estimaciones sobre la velocidad. Un coche con la luz encendida es siempre visible a mayor distancia, sin depender del color.
En concreto, estos son los cinco casos en los que según la DGT es obligatorio llevar puestas las luces de cruce:
1.Entre la puesta y la salida del sol: el Reglamento General de Circulación estipula que «todos los vehículos que circulen entre el ocaso y la salida del sol deben llevar encendido el alumbrado». Esto quiere decir que es obligatorio encenderlas media hora después del inicio de la puesta del sol y mantenerlas encendidas hasta media hora antes del amanecer.
2.En túneles: al entrar en el interior del túnel, pasos inferiores o tramos señalizados con la señal de Túnel (S-5), ya sea de día o de noche, es obligatorio activar las luces de cruce. En caso de avería o accidente dentro de un túnel, apaga el motor y enciende las luces de emergencia y las de posición para señalizar tu posición.
3.En carriles especiales, reversibles o de sentido contrario. La circulación por los carriles especiales está reservada a ciertos vehículos y no se pueden sobrepasar los 80 km/h. Los carriles reversibles son vías anti-atascos que se abren en los accesos a grandes ciudades en autopistas y autovías. En estos casos y en los carriles habilitados de sentido contrario, las luces de cruce son obligatorias de día y de noche. La
4.En condiciones meteorológicas o ambientales de mala visibilidad. Si llueve, nieva, graniza, haye niebla o nubes de humo o polvo, encender las luces es prioritario. En estas condiciones nos verán mejor con las luces de cruce y no con las de posición ni las de marcha diurna. El conductor que no active las luces de cruce podrá ser sancionado con 200 euros de multa.
5.En las motos. El artículo 104 del Reglamento General de Circulación expone que «deberán llevar encendidas durante el día la luz de corto alcance o cruce las motocicletas que circulen por cualquier vía objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial». Si no se cumple lo estipulado, el conductor se enfrenta a una multa de 200 euros y la retirada de tres puntos del carnet.
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