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Pasar la Inspección Técnica del Vehículo (ITV) con nuestro turismo es uno de los procedimientos obligatorios que debemos realizar cuando conducimos. En función de la antigüedad, el tiempo entre cada prueba varía. Conforme el vehículo es más antiguo, menor es el tiempo que discurre entre las inspecciones. Este año, además, la ITV trae un cambio importante y relacionado con estos parámetros que es importante conocer para evitar posibles multas.
En concreto, el tiempo de inspección es diferente para los conductores de vehículos ligeros, destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada inferior a 3.500 kilos. Este tipo de vehículo no necesita pasar la ITV en sus dos primeros años, entre los dos y los seis años debe hacerlo cada dos años y desde los seis a los diez años de antigüedad, cada año. Ahora, después de una década de antigüedad, este tipo de vehículo está obligado a pasar la inspección cada seis meses.
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No acudir a la Inspección Técnica de Vehículos a tiempo puede derivar en una sanción y el responsable del vehículo puede enfrentarse a problemas técnicos de gravedad.
Según el Real Decreto 920/2017 publicado en el BOE, los nuevos vehículos de entre dos y cuatro años no están obligados a pasar la ITV. Al margen de esta excepción, los turismos que circulan por España deben pasar la ITV cada dos años para los modelos de entre cuatro y diez años de antigüedad. Si superan la década, la revisión se debe hacer cada año.
Desde el pasado 1 de enero de 2023 los vehículos pesados, donde se pueden encontrar camiones y remolques con más de 3.500 kilogramos, deberán pasar la ITV de forma anual si tiene menos de diez años, y cada seis meses si supera esta antigüedad.
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