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Un agente de tráfico controla la circulación. Jesus Signes
Tráfico: La DGT suprime una de las multas más comunes
Tráfico

La DGT suprime una de las multas más comunes

Un agente ya no podrá sancionar al conductor que no porte el carnet de conducir; con enseñar el DNI o la aplicación miDGT, donde el documento debe estar vinculado, es suficiente

N. G.

Valladolid

Sábado, 26 de noviembre 2022

Las multas suponen un duro golpe para las carteras. Desembolsar una determinada cantidad de dinero puede llevar al infractor a la frustración e incluso a la ira. El incumplimiento de las normas de circulación que establece la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene un castigo y conlleva una sanción económica que, dependiendo de su gravedad, también implica una pérdida de puntos del carnet de conducir. Las infracciones más comunes y que generan un mayor número de sanciones son las referentes al exceso de velocidad, consumo de alcohol y drogas, no llevar puesto el cinturón o circular usando el teléfono móvil.

La nueva Ley de Tráfico, que entró en vigor el pasado 21 de marzo, endurece las sanciones. Se suprimió la posibilidad de rebasar los 20 km/h los límites genéricos de velocidad fijados para las carreteras convencionales cuando los turismos y motocicletas adelanten a otros vehículos. Ahora, si un conductor circula y manipula el teléfono móvil al mismo tiempo puede perder seis puntos, el mismo castigo si se arrojan a la vía objetos que pueden producir incendios y accidentes.

Tres documentos imprescindibles

La tecnología también ha calado en el mundo de la circulación, haciendo el día a día más cómodo. La Dirección General de Tráfico siempre ha advertido que hay tres documentos que un conductor debe portar en un vehículo: el Permiso de Conducir, el de Circulación y la Tarjeta de Inspección Técnica. Hay situaciones en las que el conductor se olvida de portar el carnet de conducir ya sea por despiste o porque se le ha perdido. La multa por no llevarlo era de 10 euros, aunque podría ascender a 80 si había algún dato incorrecto o no está actualizado.

Pero, ahora los agentes de tráfico ya no podrán hacerlo. Ya no es obligatorio llevar el carnet de conducir físicamente. La aplicación miDGT permite vincular este documento en el teléfono móvil, pero si aún no lo tienes vinculado, con portar el DNI es suficiente. De esta manera, un agente de tráfico podrá identificarte, pero ya no te podrá sancionar.

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