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Vivienda en el barrio de Las Delicias, en Valladolid. Alberto Mingueza
¿Qué derechos tienen los okupas si entran en mi casa?

¿Qué derechos tienen los okupas si entran en mi casa?

Una de las cosas más importantes que debemos conocer es que las primeras 48 horas son claves y evitan vías penales y judiciales

El Norte

Valladolid

Martes, 31 de agosto 2021, 14:50

Durante los últimos años, la ocupación ilegal se ha convertido en algo recurrente en España. Muchas personas que se van de vacaciones lo hacen con la incertidumbre de dejar su casa vacía y, para disimular que todavía sigue alguien en la vivienda, recurren a amigos o familiares para que el exterior cambie de aspecto. Es decir, para que reguen las plantas, suban o bajen las persianas o cuiden de las mascotas.

Pero, ¿qué ocurre en caso de sufrir una ocupación inesperdada? Lo primero que debemos conocer es la importancia de actuar con rápidez ante esta situación. Las primeras 48 horas son fundamentales para evitar cualquier vía penal o judicial, ya que durante este tiempo es la Policía quien puede desalojar la vivienda sin necesidad de una orden judicial. En caso de que el tiempo sea mayor y se haya cambiado la cerradura, la casa pasa a ser su morada y el proceso se complica, pues nadie podrá acceder sin una orden judicial. Es más, si el propietario corta los suministros podría verse acusado de delito de coacción.

En este caso, la opción más habitual es presentar una demanda de recuperación inmediata, que obliga a los okupas a demostrar su posesión de la vivienda en un plazo de cinco días. Si no lo hacen, será devuelta a su propietario. Hay diversos procesos para recuperar la vivienda, civiles o penales. Los primeros son desahucio por precario y tutela sumaria de la procesión, mientras que el segundo sería una denuncia por usurpación, sobre todo si la okupación ha sido violenta.

A pesar de que el Código Penal indica claramente que ocupar una vivienda es un delito, hay agujeros legales en el proceso que los okupas aprovechan siguiendo un manual difundido por las redes, que a grandes rasgos explica el proceso que siguen. Primero se informan sobre la propiedad y el registro del inmueble que quieren ocupar, con preferencia de viviendas vacías pertenecientes a entidades bancarias que no constituyan, por tanto, primera o segunda residencias de nadie.

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