![Estos son los motivos por los que te podrás librar de una multa](https://s1.ppllstatics.com/elnortedecastilla/www/multimedia/202209/07/media/multa.jpg)
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N. G.
Jueves, 8 de septiembre 2022, 13:08
Si se cumple con la normativa, no hay motivo por el que se encoja el corazón cada vez que se abre eL buzón, la multa no llegará. Hay ocasiones en las que por un simple detalle como apretar el acelerador más de la cuenta o aparcar en una zona en la que está prohibido por un simple despiste la sanción económica se convierte en un lamento no solo por la cantidad de dinero que se debe desembolsar, sino porque la situación se podría evitar.
Hace un año se batía un récord. Las arcas del Estado recaudaron en 2021 más de 444 millones de euros. La Dirección General de Tráfico impuso cerca de cinco millones de multas, la cifra más alta en los últimos siete años.
Todo conductor puede recurrir una sanción durante los 20 primeros días después de su notificación, aunque si se hace, se perderá el derecho a la reducción del 50%. Si la resolución es favorable, se realizará un sobreseimiento de la denuncia y quedará suspendida la sanción, pero si la resolución no te da la razón, se podrá seguir reclamando mediante un recurso de reposición. Aunque debes saber que podrás librarte de una multa si se dan los siguientes motivos:
1Si el radar solo capta un fotograma. Si tu vehículo ha sido cazado por un radar debes presentar alegaciones. Tienes derecho a solicitar las pruebas de tu sanción. Si no has cumplido con el límite de velocidad establecido o te has saltado un semáforo, el radar deberá presentar dos fotogramas en diferentes instantes, así lo exige la orden ITC/3123/2010 de 26 de noviembre. Comprueba si la matrícula es legible y se reconoce el vehículo. También comprueba el día, la hora y la velocidad a la que circulabas. Si existiera algún error en estos datos podrás librarte de la sanción económica. En el caso de una multa por saltarte un semáforo, comprueba que este está en rojo y no en ámbar.
2Si no se aplica el margen de error. El velocímetro de un coche no marca la velocidad real, sino una cifra superior a la que observamos. No hay excepciones, todos los coches circulan a un ritmo menor a lo que refleja el velocímetro por cuestiones legales. Por ello, la Dirección General de Tráfico aplica un margen de error de 7 km/h si se circula a una velocidad inferior a los 100 km/h. Esto quiere decir que si el límite de velocidad está fijado en los 60 km/h, el radar sancionará a los conductores que transiten a una velocidad igual o superior a los 68 km/ h.
3Si las autoridades no cumple con los plazos. Desde que se produce la infracción, las autoridades tienen un plazo de entre tres meses en el caso de las infracciones leves y de seis en el caso de las graves y muy graves para notificar la sanción. Si transcurre el tiempo y no se ha notificado la sanción, la multa prescribe. A partir de ese momento, el infractor tiene un plazo de 20 días para pagar la sanción o presentar una alegación.
4Si el radar se contradice con una señal. Puede parecer extraño, ya que la DGT tiene constancia de todo aquello que sucede en la carretera, pero puede ocurrir que el radar este ubicado en una zona y en un punto de esa travesía exista una señal que indique la prohibición de la limitación de velocidad. Ocurrió en 2020 en el túnel Ángel Uriel en Asturias. El conductor reclamó la sanción, ya que en ese tramo, el radar sancionaba por circular a más de 90 km/h cuando existía una señal que indicaba que ya no se aplicaba el límite de velocidad y ya estaba permitido circular a 120 km/h.
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