Dos personas circulan a bordo de un patinete eléctrico, en imagen de archivo. D Arienza

DGT

Circular con un acompañante en el mismo patinete puede acarrear una cuantiosa multa

Estos vehículos de movilidad personal solo están autorizados para el transporte de una persona, igual que las bicicletas

Ignacio Repilado

Valladolid

Jueves, 22 de agosto 2024, 13:40

Los patinetes eléctricos están de moda. A menudo son vistos como una alternativa cómoda tanto a la hora de circular como de aparcar, entre otros motivos, por su bajo coste y debido a que su uso no conlleva el pago de ningún seguro ni impuesto.

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Con el fin de garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía, además de prohibir el manejo de vehículos bajo los efectos de sustancias como el alcohol o las drogas; o el uso de determinados dispositivos electrónicos con auriculares mientras se conduce un patinete, la legislación también recoge sanciones económicas por otros motivos.

100 euros de multa por llevar un acompañante en el patinete eléctrico

Entre estos motivos se encuentra el hecho de ir dos personas montadas en el mismo patinete eléctrico. Aunque pueda parecer que existe espacio suficiente para varios pasajeros, la Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que los vehículos de movilidad personal, al igual que los demás vehículos ligeros propulsados eléctricamente, están autorizados para transportar solamente a una persona.

La circulación de dos o más personas en uno de estos vehículos, tan comunes hoy en día en cualquier calle o vía urbana, está penada con una multa de 100 euros, según lo establece el artículo 9.1.5.E del Reglamento General de Circulación.

Sin embargo, no se trata de la sanción económica más severa en relación con estos vehículos, ya que transitar por la acera o una calle peatonal podría conllevar una multa de 200 euros.

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