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Un agente de la Guardia Civil de Tráfico revisa la documentación de un conductor. EFE
Acuerdo entre España y Reino Unido para reconocer los permisos de conducir

DGT

Acuerdo entre España y Reino Unido para reconocer los permisos de conducir

Los británicos residentes en nuestro país que no canjearon su carné antes del Brexit podrán hacerlo a partir de este jueves, 16 de marzo

Paula Ortiz

Valladolid

Jueves, 16 de marzo 2023, 13:09

El Consejo de Ministros aprobó este martes el acuerdo para reconocer y canjear los permisos de conducir entre España y Reino Unido. Por tanto, los conductores de uno de los países podrán solicitar la adquisición del carné válido para el otro país sin necesidad de realizar una prueba teórica o práctica adicional. Asimismo, se establece también el intercambio de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial.

Este nuevo convenio finaliza con las prórrogas aplicadas para el canje de permisos establecidas del que se aprobó el Acuerdo de retirada del Reino Unido de la Unión Europea.

Todos los permisos y licencias válidos de los actuales residentes expedidos antes del 31 de diciembre de 2020 podrán ser canjeados, pero los expedidos posteriormente deben haberse realizado en el país en el que el interesado tuviera su residencia legal. Por tanto, los británicos residentes en España que no canjearon su carné de conducir antes del Brexit podrán hacerlo a partir de este jueves, 16 de marzo.

El periodo para realizar la tramitación del reconocimiento será de seis meses, por lo que los ciudadanos británicos tendrán derecho a conducir por el territorio español mientras esperan a la resolución de su solicitud.

El acuerdo entre Reino Unido y España implica que ambos se proporcionarán datos de los vehículos y sus titulares para favorecer la investigación de infracciones de tráfico, como el exceso de velocidad, la no utilización de cinturón de seguridad, el saltarse un semáforo en rojo, conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, el no uso de casco, circular por un lugar prohibido y el uso del teléfono móvil.

La única vía para realizar este trámite será acudir presencialmente a una Oficina o Jefatura de Tráfico, con cita previa. El 'tipo de trámite' será trámites de oficina y el 'área' corresponderá al referido a conductores.

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