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Los conductores en España pueden perder la vigencia de su Permiso por haber agotado todos los puntos tras cometer varias infracciones graves o muy graves y por una condena judicial superior a dos años de privación del derecho a conducir. En las condenas inferiores a dos años, se produce una suspensión temporal, por lo que para volver a conducir tras ese periodo, los conductores únicamente deberán acreditar haber superado el curso de sensibilización y reeducación vial. El nuevo permiso dispondrá de ocho puntos.
En cambio, aquellos que han perdido la vigencia de su Permiso de Conducir deben realizar el curso de recuperación del permiso en materia de sensibilización y seguridad vial y, además, superar una prueba teórica. Los conductores generales deberán esperar seis meses una vez concluido el plaza de pérdida de vigencia para realizar el examen, mientras que los conductores profesionales podrán hacerlo a los tres meses.
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Paula Ortiz
Cuando se supera el curso de sensibilización y reeducación vial, el conductor interesado deberá realizar la solicitud para presentarse a la prueba teórica, que le dará derecho a tres convocatorias. Aunque en caso de suspender la primera, para volver a presentarse deberá superar otro ciclo formativo en el mismo centro, esta vez de cuatro horas. La prueba consiste en un cuestionario con 30 preguntas sobre los conocimientos adquiridos durante el curso.
Certificado expedido por el centro donde se ha realizado el curso de sensibilización y reeducación vial.
Impreso oficial de solicitud de pruebas de aptitud.
Informe de aptitud psicofísica expedido por un Centro autorizado de Reconocimiento de Conductores.
Justificante de pago de la tasa correspondiente, abonado a través de la página web de la Dirección General de Tráfico.
En caso de no ser la primera convocatoria, deberá presentar también el certificado del ciclo formativo de cuatro horas.
Las dos vías para solicitar la prueba teórica en caso de hacerlo de manera libre, sin autoescuela, serán de manera presencial o por internet. La primera opción es entregar toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico, junto a un documento de identificación (DNI, Pasaporte, Autorización de residencia o Certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros). El segundo modo es a través del Registro Electrónico Común de la Administración (obligatorio disponer del DNI electrónico, el certificado electrónico o las credenciales de Cl@ve y el programa AutoFirma.
Comprar y descargar el justificante de la tasa correspondiente.
Rellenar los datos del interesado.
Escribir el asunto 'Solicitud presentación pruebas de aptitud' junto al número de DNI.
Adjuntar todos los documentos.
Registrar la solicitud y conservar el justificante.
La solicitud a través de internet no es un trámite automático, por lo que el usuario interesado recibirá un correo electrónico confirmando que ha sido atendido. Además, deberá fijarse en la calidad y legibilidad de los documentos digitales antes de adjuntarlos, ya que no se podrá atender la solicitud en caso de no poder leerlos claramente.
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