![«Algún día un padre irá al juzgado y no le creerán, solo por ser hombre»](https://s2.ppllstatics.com/elnortedecastilla/www/multimedia/202303/06/media/cortadas/abogada-elvira-sanz-detorre-k4AG-U190825615565m0C-1248x770@El%20Norte.jpg)
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La huelga de letrados de la Administración de Justicia no está precisamente haciendo un favor a la agilización de los procesos que llegan a los juzgados. Una maquinaria que de por sí funciona lentamente -tal y como insiste en su queja la abogada segoviana Elvira ... Sanz Rivas- ahora se ve más ralentizada con los paros de este colectivo. Para muestra, el botón del ámbito matrimonialista, en el que es especialista. La letrada cuenta cómo la huelga provoca que haya «cantidades de dinero retenido de las pensiones alimenticias» que se acordaron en un procedimiento de divorcio. El trabajador no firma y la compensación económica no llega en tiempo y forma.
Es uno de tantos trastornos que está originando la presión a la que los antiguamente conocidos como secretarios judiciales está sometiendo al aparato judicial para que atienda sus reclamaciones. La abogada lamenta estos paros y su impacto en casos en los cónyuges que deciden poner fin a su relación marital no llegan a un acuerdo amistoso y terminan en los tribunales. Lo siente, sobre todo, cuando hay menores implicados. El alargamiento que arrastran estas causas judiciales es perjudicial y dañino para los hijos, apunta Sanz Rivas.
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Esta dilación parte ya de unos tiempos de por sí demasiado prolongados. La letrada calcula que hay casos que «hasta que se produce una resolución del contencioso pasa un año». Si hay litigio entre los cónyuges y menores damnificados por la disputa legal entre progenitores, existen las llamadas vistas previas, que «deberían ser rápidas», antes de que se celebre el juicio propiamente dicho. Pero no siempre va tan veloz como quisiera la abogada.
Para paliar la profusidad procesal y el retraso excesivo, se articula un procedimiento de medidas provisionales, hasta la celebración del juicio principal, para definir cuestiones como la cuantía de la pensión, el régimen de visitas o quién ejerce la guarda y custodia de los niños. El plazo de treinta días tampoco se cumple siempre, llama la atención Sanz Rivas.
elvira sanz rivas
Abogada
«Los abogados somos parte de la Justicia, y una parte muy importante», reivindica la letrada segoviana el ejercicio y profesionalidad del colectivo. De hecho, desliza que «los plazos claros que establece la Ley solo los cumplen los abogados y los procuradores».
En los contenciosos por divorcios en los que hay menores de por medio, la letrada declara que hay que mirar por el interés de los niños. A partir de esta premisa, considera que la custodia compartida ha de ser la «tendencia predominante». Elvira Sanz Rivas va un poco más allá y define la guarda compartida de los retoños como «un derecho de los hijos», que no siempre es defendido durante la batalla legal porque los litigantes «escuchan más a las voces de fuera que a sus abogados» En este sentido, critica el perjuicio que en ocasiones pueden originar los entornos de allegados, familiares o amistades en procesos en los que está el juego el bienestar de los vástagos.
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La letrada segoviana recela de determinadas modificaciones legislativas introducidas por el Gobierno central en el Código Civil. «El principio de presunción de inocencia se rompe si el hombre está inmerso en un proceso de violencia de género, da igual que sea verdad o mentira», explica. Y es que al padre investigado por esos supuestos malos tratos y que libra su litigio de divorcio con la expareja se le suspende el régimen de visitas a los hijos. «Se le impide ver a los niños, aunque luego le absuelvan; ¿y eso quién se lo paga al padre y a los pequeños?», se pregunta Sanz Rivas, ya que «va a llegar un momento en el que un padre vaya al juzgado y no le crean por el mero hecho de ser hombre».
Las resoluciones judiciales que determinan la custodia de los hijos a favor del padre supusieron, en 2021, menos del 3% de los casos judicializados, una proporción que más o menos se mantiene inalterable en los últimos nueve años, que es hasta donde se remonta el Instituto Nacional de Estadística (INE). Solo en 2014, 2015 y 2016 el volumen de sentencias a favor de los intereses del padre rebasan ese porcentaje, con un 6%, un 5% y un 4%, respectivamente.
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