Furgón policial en la puerta de la Audiencia Provincial de Segovia. Antonio de Torre
Segovia

Desestiman revisar la pena por abusos sexuales al yerno de un pastor evangelista

Justicia ·

El TSJCyL confirma el auto de la Audiencia de Segovia que, a su vez, ratificaba la pena total de cinco años de cárcel por dos delitos contra menores de 16 años

Jueves, 4 de mayo 2023, 18:36

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) confirma y ratifica la decisión adoptada por la Audiencia Provincial de Segovia en la que desestima la revisión de condena solicitada por la defensa de un hombre condenado por abusos sexuales, según una sentencia dictada ... en octubre de 2020. Tanto la Fiscalía como la acusación particular se habían opuesto a la revisión. El auto de la Sala Regional conocido este jueves refrenda las penas impuestas en la resolución que había sido recurrida por la representación legal del condenado.

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El acusado tendrá que cumplir la condena en los términos recogidos en al ejecutoria por dos delitos de abusos sexuales cometidos a una persona menor de 16 años, como señala el Tribunal Superior de Justicia. La sentencia inicial, que se mantiene firme tras las resoluciones de la Audiencia Provincial y de propio TSJCyL, le castiga a dos años y seis meses por cada uno de los delitos.

La Sala segoviana que preside Ignacio Pando consideró en su auto que, aunque la condena era anterior a la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como del 'solo sí es sí', los hechos por los que se dictó «se calificarían actualmente, tras la reforma, como agresión sexual a menor de 16 años». El Código Penal estipula penas que van de cinco a diez años de prisión para este tipo de delitos, sin perjuicio de la posibilidad atenuatoria por una pena inferior en grado. «La conducta enjuiciada está actualmente más gravemente penada, de manera que no procede a la revisión», concluye la Audiencia.

El TSJCyL recuerda que el Código Penal fijaba para los actos enjuiciados una pena de entre dos y seis años de cárcel. La Audiencia de Segovia optó por dos años y medio por cada delito al no concurrir circunstancias atenuantes ni agravantes, «pero teniendo en cuenta que los hechos se cometieron con un cierto prevalimiento del acusado».

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El condenado era un yerno del pastor evangélico de una iglesia a la que acudían habitualmente las menores víctimas de los abusos sexuales. En este sentido, al confirmarse que los delitos se cometieron en las instalaciones de dicha iglesia y durante las celebraciones, se deduce que el acusado actuó con «un claro desprecio hacia las menores».

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