Desde la convocatoria de elecciones y hasta el décimo anterior a la votación (este jueves, 30 de mayo) se puede solicitar el voto por correo. Quienes lo hayan hecho ya habrán comprobado que en muchos casos aún no ha llegado la documentación necesaria para poder ejercerlo. Esto es porque los diferentes recursos de las candidaturas rechazadas por la Junta Electoral se han resuelto el pasado 23 de mayo y eso ha retrasado la impresión de las papeletas, según fuentes de la Delegación del Gobierno.
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En la práctica, explican, se han cumplido los plazos, porque el Tribunal Constitucional, que es el que debe resolver los recursos de amparo, tenía de plazo para hacerlo precisamente hasta ese 23 de mayo.
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De los 39 partidos o agrupaciones que se presentaron, 33 recibieron el visto bueno inicial. Después se admitió la candidatura de Prepal Salamanca-Zamora-León, tras la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 17 de Madrid, con lo que aumentaron a 34. El resto de candidaturas denegadas presentaron recurso de amparo ante el Constitucional, sin éxito.
El viernes 24 de mayo comenzó la impresión de las papeletas electorales, después de que además la Junta Electoral emitiera una nueva corrección de errores en las listas con algunos nombres a los que les bailó una tilde -Mariá por María en el PP- o se cambió por completo la lista de suplentes, caso del partido Escaños en Blanco.
Eso ha hecho que se retrase el envío de las papeletas, que los solicitantes del voto por correo deberían recibir en su domicilio por correo certificado, previa presentación del DNI, para poder ejercerlo. «Hasta el día 2 de junio hay plazo para remitir la documentación», explican fuentes de la Delegación del Gobierno, por lo que aún hay tiempo. Los que lo hayan solicitado podrán depositar su voto después hasta el 5 de junio.
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El retraso es común a toda España, además, porque se trata de una circunscripción única, con lo que los recursos han afectado a todo el territorio por igual.
Para poder votar por correo es preciso presentar de forma presencial una solicitud en cualquier oficina de Correos de España, mostrando el DNI. Si es por un caso de enfermedad o incapacidad la solicitud puede hacerse a través de una persona autorizada, pero con un documento que acredite la autorización y una certificación médica.
El voto por correo se puede solicitar hasta este jueves, 30 de mayo. La documentación necesaria para votar se remitirá a la dirección especificada por el solicitante, que debe firmar el recibo personalmente. El plazo para votar es, como máximo, el 5 de junio.
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