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La mortalidad en los centros residenciales, un hecho que arrastra mucha polémica, fue muy alta en el primer año de la pandemia, especialmente en la primera ola. Sin embargo, nunca ha sido posible conocer la realidad, el detalle. Solo proyecciones, deducciones en base a ... los excesos de mortalidad durante esa época según los datos del sistema MoMo del Instituto de Salud Carlos III y registros parciales permitieron acercarse, o intuir la realidad. El sistema de información de la Junta sí facilitó, incluso los introdujo en el Portal de Transparencia, datos globales; pero denegó el acceso a la información detallada, por centros, incluso solicitada a Transparencia por un particular para conocer la realidad del sector privado.
La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, de la que es titular Isabel Blanco, alegó para denegar tal petición que carecía del consentimiento expreso de los geriátricos y centros de discapacidad. Para ello se amparó en la legislación sobre información pública, concretamente el artículo 14, que desglosa en su articulado los límites al derecho de acceso: «Cuando acceder a la información suponga un perjuicio para...», y recoge doce supuestos, en los que cuesta identificar el que ampara dicha negativa a facilitar datos, dado que aluden a aspectos de seguridad nacional, a intereses económicos o funciones administrativas de vigilancia, inspección y control, el más cercano tal vez.
Ahora, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha dictado sentencia y ordena a la Junta -condenada a pagar las costas- facilitar el detalle denegado. Así, el fallo judicial da la razón al particular que había solicitado información a la Consejería sobre la incidencia de la pandemia en centros residenciales.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de este tribunal, con fecha de 28 de septiembre de 2022, estima así el recurso contra la orden de la Consejería de Familia de fecha 1 de diciembre de 2020, por la que se resolvía la solicitud de información para tener acceso a datos sobre el impacto del coronavirus en el sector privado.
En concreto, el recurrente demandaba información sobre el número de personas contagiadas en las residencias entre el 1 de marzo y el 30 de abril de 2020, desglosado por residencias; número de fallecidos en las mismas, también centro a centro, con la concreción de cuántos positivos y cuántos con sintomatología compatible, y del total de fallecidos de cada residencia, con diagnóstico confirmado o con sintomatología compatible; así como la enumeración de los decesos que se produjeron en la residencia y cuántos en los hospitales.
En términos globales y oficiales, los fallecidos en estos dos años y medio han sido 4.469.
La petición fue estimada parcialmente, a través de una orden del 3 de junio de 2020, y la Junta aceptó solo conceder la información relativa a los centros propios de la Junta, los públicos; pero no del resto.
Frente a tal resolución, el recurrente presentó reclamación ante la Comisión de Transparencia de Castilla y León, que el 23 de septiembre de 2020 acordó estimarla y retrotraer el procedimiento al momento de realizar el trámite de audiencia a los titulares de los centros. Después, la Consejería de Familia, a través de otra orden de fecha 1 de diciembre de 2020, volvió a restringir el acceso a la información respecto de las residencias privadas.
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El tribunal no considera que «el daño alegado tenga las notas de certeza exigidas legalmente para limitar el acceso a la información, al basarse únicamente en una creencia popular que se dice errónea y, en definitiva, en una falta de información de la sociedad que se pretende alimentar con más desinformación».
«Aunque lo dicho hasta aquí sería suficiente para estimar este apartado del recurso -no estando acreditado un daño real no es preciso ponderar el interés público concurrente en conocer la información-, a mayor abundamiento, y con la finalidad de agotar el debate, estimamos oportuno hacer una referencia al interés general en el conocimiento de la información desagregada por centro, interés que, en todo caso, debe prevalecer ante la posible afectación a la libre competencia que pudiera producirse por su divulgación».
Como partes demandadas figuraban junto a la Consejería de Familia, la Federación Castellano Leonesa de Atención a la Dependencia (Acalerte), la Asociación Castellano Leonesa de Residencia y Servicios de Atención a Mayores y la entidad Hermanas Hospitalarias Centro Sociosanitario de Palencia.
Por su parte, la secretaria de Organización del PSOE en la región, Ana Sánchez, se dirigió a los «miles» de familiares y amigos de los fallecidos durante la pandemia para mostrarles su apoyo: «Tienen nuestra palabra, no pararemos hasta que se sepa toda la verdad».
También desde Ciudadanos muestran su satisfacción. El procurador del partido naranja, Francisco Igea, destacó que «es una sentencia que confirma expresamente nuestro criterio de entonces».
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