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El Ministerio de Agricultura ha dado instrucciones a 252 municipios de la comunidad situados en zonas de especial riesgo o vigilancia en las que explica que queda terminantemente prohibida la cría al aire libre de aves de corral tras la detención de un foco de gripe aviar en Ávila ... e incrementarse la situación de alerta en toda España. Las medidas afectarán a 49 zonas de especial riesgo (ZER) así como a 203 zonas las de especial vigilancia (ZEV) de las nueve provincias de región.
Según han confirmado fuentes del gobierno autonómico, en estas localidades, todos los propietarios de aves deben recluirlas en instalaciones cerradas a cubierto. Si esto no fuera posible por no disponer e este tipo de instalaciones, se podría mantener las aves en el exterior siempre que existan telas pasajeras o cualquier otro dispositivo que impida el acceso de aves silvestres. Además, se evitará el contacto de aves silvestres con el agua y los alimentos que se destinen a las domésticas.
Queda prohibido el uso de reclamos de caza con aves del tipo anátidas (patos o similares) y charadriiformes (gaviotas y similares) y se prohíbe la cría de patos, ocas y gansos junto con otras aves de corral.
Además, no se permite dar a las aves domésticas agua procedente de depósitos superficiales, fuentes u otros a los que pudiesen haber accedido aves silvestres, a no ser que el agua sufriese un tratamiento de higienización. También quedan prohibidas las concentraciones de aves de cualquier tipo y es obligatoria la inscripción de los corrales familiares.
Hasta el momento, no hay evidencias de que el serotipo H5N1, circulante en los últimos meses en Europa y España, tenga capacidad de transmitirse a las personas. Con todo, precisa que, como en cualquier otra patología animal, debe minimizarse el contacto innecesario con los que aparezcan heridos o muertos.
Los municipios afectados por la prohibición
Se obliga a encerrar las aves de corral para evitar el contacto con las silvestres en un total de 252 municipios de las nueve provincias de la comunidad, situados en un radio de diez kilómetros en torno a embalses y humedales ubicados en las sigueintes zonas calificadas de especial riesgo o vigilancia:
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