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El presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, actuó ante el atril como abogado defensor de la medida más polémica desde que se decretó el ... estado de alarma, el adelanto del toque de queda a las 20 horas. Una restricción de un derecho fundamental que su firmante, «como autoridad delegada del Gobierno», defendió con argumentos sanitarios, «epidemiológicos y sociales», pero que en realidad tiene poco que ver, en la cuestión que ocupa, con todo eso. El recurso que el Gobierno interpuso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo solo pide la suspensión cautelar del toque de queda por una cuestión jurídica, legal: Fijarlo a las 20 horas excede las atribuciones que concede el decreto de estado de alarma a las comunidades autónomas. O eso dice el Ejecutivo de Pedro Sánchez.
A ese respecto, Mañueco desgranó las alegaciones que figuran en el informe rubricado por Luis Miguel González Gago, director de los servicios jurídicos de la Junta. Un informe que se remontó, incluso, a una sentencia del Tribunal Constitucional de 1985, que «considera que el derecho a la vida es un derecho humano fundamental», lo que permite derivar que se antepone a otro derecho fundamental como es el de poder moverse libremente. La sentencia referida por el presidente de la Junta pertenece al debate legal que se produjo entonces sobre la ley del aborto.
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«Volvería a hacerlo», enfatizó el presidente de la Junta, en un intento por subrayar que la medida, excepcionalísima y con 19 días en vigor -que serán 20 hoy y casi cuatro semanas cuando dictamine el Tribunal Supremo- ha funcionado. Ello a pesar de que esa percepción se basa en números globales que no se pueden discriminar, puesto que junto al toque de queda se dictaron otras muchas medidas y se pusieron en marcha cribados en multitud de municipios, por ejemplo. Ante la dificultad de cuantificar el peso de cada medida en la reducción de la incidencia de la pandemia, la Junta se ha ceñido a un dato: la mejoría desde que la medida entró en vigor. «La incidencia acumulada a 7 días ha caído un 9% desde el 16 de enero, cuando entró en vigor. Y la tasa de crecimiento intersemanal ha pasado de un +147% a bajar un 11%», explicó el presidente de la Junta.
Otro de los fundamentos de las alegaciones, que Mañueco adujo aunque había advertido de que no iba a profundizar «de momento» en ello, fue lo que a su juicio supone una paradoja. Una especie de trabalenguas jurídico. «Hemos alegado que la medida acordada, como autoridad delegada, es precisamente atribuible al Gobierno de la nación. En otro momento procesal se podrá debatir, si llegara el caso, si el Gobierno tiene legitimación activa para presentar un recurso contra el acuerdo que he firmado», señaló. Porque, a entender de la Junta, la autoridad delegada es, en ese caso, 'Gobierno central', al haber recibido directamente sus atribuciones, por delegación, de él. «Como autoridad delegada soy Gobierno de España, es un acto propio del Gobierno de España», aventuró Mañueco.
Si esto es así, la conclusión es una cuestión casi filosófica. ¿Puede el Gobierno recurrirse a sí mismo?
Lo decidirá la Sala de lo Contencioso Administrativo en cinco días hábiles. «Primero se verá si el Tribunal Supremo decide que el acto es eficaz, jurídico y legal y debe mantener sus efectos. En segundo lugar, habrá que analizar si el Gobierno está legitimado para recurrir un acto del propio Gobierno de España -, insistió Mañueco, siguiendo el razonamiento anterior-. Y en tercer lugar, que nos iremos a semanas o meses, el Tribunal Supremo entrará en el fondo del asunto para analizar cuál es la posición jurídica a este respecto».
Lo que quiere decir que, a los efectos, el toque de queda va a seguir vigente mientras la situación epidemiológica no cambie. Y cabe recordar que tiene vigor, como el cierre perimetral de la región, hasta el 9 de mayo, cuando se da por zanjado el estado de alarma actual.
Otra cosa es la responsabilidad en la que pueda incurrir el Gobierno autonómico si finalmente se decide que esta restricción de derechos fundamentales no se ha ajustado a la ley. «Serían muchísimas implicaciones las que estarían en juego, es especialmente complejo y complicado poder contestar en estos momentos», fue la contestación del presidente a la pregunta de qué consecuencias podría tener. Ya ha habido un ciudadano en Ávila que ha presentado una denuncia por entender que se vulnera su derecho a moverse libremente.
El resto de las alegaciones se corrresponden con lo que ya se había anunciado. En la prórroga del decreto de estado de alarma se incluye la posibilidad de que la «autoridad delegada» en cada comunidad autónoma pueda «modular, flexibilizar o suspender» las medidas contempladas. «Recoge una disposición única que consideramos esencial, ya que afecta de lleno a la vigencia temporal de esta medida. El toque de queda solo tendrá eficacia mientras la autoridad competente no lo cambie a través de esa modulación, suspensión o flexibilización, con el límite de circunscribirse al horario nocturno», indicó Fernández Mañueco.
Ocurre que en el artículo 5 del decreto se establece una franja horaria que se puede regular. Eso hace dudar a algunos juristas consultados de que se pueda ir más allá en la «flexibilización» o «modulación», especialmente en el sentido restrictivo. Hay que recordar que en Nochebuena y Nochevieja se prolongó la libre movilidad nocturna hasta la 1:30 de la madrugada.
El papel del Gobierno en este asunto, por otro lado, es contradictorio. El ya ex ministro de Sanidad, Salvador Illa, se comprometió a estudiar el adelanto del toque de queda después de que más comunidades se sumaran a la petición inicial de Castilla y León. Comunidad Valenciana, Cataluña o País Vasco fueron algunas de ellas. No cumplió su palabra y tampoco lo hizo su sucesora, Carolina Darias, que dio por zanjada la cuestión con el ya usual «hay herramientas suficientes y no es necesario modificar el decreto de estado de alarma».
Pero es que al mismo tiempo el Ejecutivo de Pedro Sánchez recurrió de una manera perezosa este acuerdo rubricado por Fernández Mañueco. Podía haberle retirado esa «delegación de autoridad». Podía haber solicitado medidas cautelarísimas, que el Tribunal Supremo debería haber resuelto en 48 horas máximo. Eligió la vía más lenta. Más aún que la negociación política. «La propia forma de actuar del Gobierno ha contribuido a consolidar esta medida», se ufanó el presidente de la Junta. El toque de queda entró en vigor el día 16 de enero y hoy, 20 días después, aquí continúa. «Tras la comunicación oficial que hice al Gobierno no hemos recibido ninguna respuesta formal por su parte, no nos han solicitado aclaraciones sobre la fundamentación jurídica, sanitaria… Nada de eso hizo el Gobierno. El Estado podría haber optado por agunas de esas otras vías: intentar llegar a un acuerdo, haber hecho requerimiento administrativo para anular el acuerdo y evitar la judicialización. En cambio ha utilizado la vía judicial. Es curioso, porque no utiliza las medidas cautelarísimas, que permiten que el tribunal suspenda de forma inmediata los efectos del acuerdo».
El tribunal decidirá la semana que viene, presumiblemente. Pero suceda lo que suceda, lo que quedó claro ayer es que se acatará y que, en todo caso, se volvería a hacer lo mismo. «Salvar vidas siempre merece la pena. Proteger el sistema público hospitalario siempre merece la pena. Estar al lado de las personas en primera línea, protegiendo a nuestros paisanos, siempre merece la pena. No dudaría en ningún momento, si volviéramos a esa situación, en tomar esa decisión», reiteró el presidente de la Junta.
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