Declaración ante el tribunal durante el juicio por narcotráfico contra 22 de los 23 acusados. Rodrigo Jiménez
Tribunales en Valladolid

El único prófugo del clan de Los Varela continúa en busca y captura por no acudir al juicio

El huido, sobre el que comenzaron las escuchas ahora anuladas, tendrá que comparecer ante el tribunal para ser absuelto

J. Sanz

Valladolid

Viernes, 27 de mayo 2022, 20:02

La Sección IV de la Audiencia Provincial ha dictado este viernes un segundo auto aclaratorio del que absolvió a todos los acusados de un delito de narcotráfico vinculados al clan de Los Varela para concretar que solo uno de ellos, Daniel S. G., sobre ... el que comenzó precisamente la investigación y las escuchas telefónicas ahora anuladas (de ahí la absolución de los otros 22 acusados), no puede ser exonerado, por ahora, al no haberse presentado al juicio. El sospechoso, en cuyo historial figuran antecedentes por delitos de tráfico de drogas, continúa en paradero desconocido y sobre él pesaría aún una orden de busca y captura.

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En el caso de ser localizado, el ahora prófugo tendría que comparecer ante el tribunal, a pesar del fallo absolutorio contra el resto de acusados (22 de los 23), presumiblemente para ser absuelto como los demás, según han aclarado hoy fuentes judiciales. El fiscal pedía inicialmente para él penas que superan los cinco años de prisión por delitos contra la salud pública y pertenencia a grupo criminal. La sentencia, comunicada el jueves por el tribunal, anula el auto judicial dictado el 23 de septiembre de 2017, que autorizaba las escuchas telefónicas precisamente sobre dos móviles de Daniel. Así que anulado dicho auto y el resto de pruebas obtenidas contra el conjunto de los sospechosos nada habría contra el aún huido.

Sobre Daniel, el huido, solo había «meras sospechas policiales de que iba a cometer un presunto delito»

La sentencia recoge que lo que los investigadores de la Policía Nacional aportaron en su día al juez instructor, el titular del Juzgado de Instrucción número 1, que acordó finalmente autorizar las escuchas, «eran meras sospechas policiales de que Daniel iba a cometer un presunto delito de tráfico de drogas y de su conexión con algunos de los investigados finalmente acusados en esta causa». Pero, añade el fallo, los policías «no pudieron aportar nada más derivado de la vigilancia a que le sometieron».

«No existe ningún dato objetivo que rebase el ámbito de la sospecha personal»

Del oficio policial, que desembocó en el auto que autorizó las escuchas y en la posterior acusación contra el propio investigado por parte del fiscal, «se derivaban únicamente sospechas de que, dados sus antecedentes, podría dedicarse al tráfico de drogas». Pero, añade la sentencia, «no existe ningún dato objetivo que rebase el ámbito de la sospecha personal».

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De manera que Daniel tendrá que comparecer en su día, cuando sea localizado o de forma voluntaria, con toda probabilidad para ser absuelto al igual que los 22 acusados que sí se sentaron en el banquillo, incluidos los 16 que habían asumido, incluso, su culpabilidad y aceptado penas menores. El fiscal, no obstante, tendrá que decidir ahora si recurre el fallo.

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