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Un tribunal obliga a escolarizar a un niño en la pública pese a que la madre quiere un colegio religiosoTuvo que hablar la justicia, concretamente la Audiencia de Valladolid. Por un lado, el padre de un niño de cuatro años con la intención de matricular a su hijo en un colegio público y, por otro, el de la madre y su postura de inscribirle ... en uno religioso. Ambos, ante el juzgado de Primera Instancia número 10 de Valladolid, esgrimieron un planteamiento «muy razonable y detallado», pero el titular, en su auto, dio la razón a la madre. Pero, ahora, la Audiencia de Valladolid, en otro auto, ha admitido el recurso de apelación del progenitor para que durante los próximos dos cursos sea este el que decida sobre su hijo en materia educativa. Es decir, que enseñanza pública porque ante esta resolución no cabe recurso.
Y lo ha hecho al considerar que, en atención al interés superior del menor (que no puede decidir), lo «más adecuado es que su formación se desarrolle en un entorno de neutralidad, con el fin de que pueda formar sus propias convicciones de manera libre».
De esta forma, la Audiencia ha tenido en consideración los razonamientos del padre en su recurso de apelación al auto de Primera Instancia número 10, que incidía en que el centro escolar religioso elegido por la madre está «impregnado de acción pastoral». «Un proyecto que nunca ha estado dentro de la familia que formaban los progenitores», añadía.
Alega el padre que su hijo, además, no está bautizado, que tanto él como la madre nunca contrajeron matrimonio, ni entraba dentro de sus planes una boda religiosa.
Asimismo, en el mismo escrito, se pregunta el padre que qué debería contestar su hijo a preguntas sobre Dios, la Virgen, el cielo o el infierno, para ahondar en qué pasaría cuando sus compañeros inicien la catequesis para la Primera Comunión u otros sacramentos.
Las dudas del progenitor se ampliaban con el programa del colegio con oraciones diarias de cuarto de hora o celebraciones religiosas de todos los alumnos y de toda la comunidad educativa.
A pesar de todo, el padre se centra también, con sus argumentos, en que el centro público que él quiere para su hijo es bilingüe para «fomentar la adquisición de ambas lenguas a través de la enseñanza de contenidos, además de impulsar el uso de las nuevas tecnologías en el aprendizaje de otras lenguas».
Precisamente, este presente curso el hijo, que ha iniciado primero de Educación Infantil, fue matriculado por la madre en un centro religioso, aunque con este auto de la Audiencia de Valladolid el padre podrá inscribir al menor en uno público.
La Audiencia, entre su parte dispositiva, refleja una sentencia del Tribunal Constitucional en la que «la decisión judicial de atribuir la facultad de elegir centro escolar al progenitor favorable a la educación en un concreto sistema de creencias religiosas no puede entenderse justificada en el interés superior de la menor a que, en un seno de una familia con convicciones religiosas divergentes, pueda ir desarrollando sus propias convicciones y creencias en un contexto escolar libre de adoctrinamiento».
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