Valladolid
Tasa de basuras: quién debe pagar y cómo se calculaEl abono se podrá realizar hasta el 31 de octubre y será el propietario del inmueble quien deba efectuarlo, aunque puede repercutir el coste al arrendatario
Este año no, pero en 2026, los vallisoletanos podrán domiciliar y también añadir a la cuenta tributaria, con el resto de impuestos, la tasa de basuras. «Debemos modificar la ordenanza que regula la cuenta tributaria e incluirla para que las personas que lo deseen hagan el pago fraccionado de todos los impuestos municipales», apunta el concejal de Hacienda, Francisco Blanco. Para 2026, las fechas para el abono se desconocen y se concretarán en la ordenanza fiscal vigente de cada año. En 2025, todas las notificaciones deberán llegar entre junio y julio y el pago se podrá efectuar en el banco hasta el 31 de octubre. Los plazos son los mismos tanto para las viviendas como para las actividades comerciales, que también pueden optar a la tarifa alternativa calculada según los residuos producidos.
¿Quién está obligado a pagar?
Será el propietario del inmueble quien debe pagar, aunque puede repercutir el coste al arrendatario. En el caso de las actividades comerciales, deberán pegar las personas físicas o jurídicas que sean titulares del inmueble, local o vivienda. Es relevante que si en una vivienda se realiza una actividad económica, se aplicará la tarifa correspondiente a locales según la actividad y la superficie.
¿Y si nadie vive en la vivienda?
Se pagará la parte fija de la tasa -51,25 euros- más la parte variables para cero empadronados en base al tamaño de la vivienda, con un total que asciende desde los 53,27 auros a los 71,43 euros según los metros cuadrados. En el caso de los locales también se aplica la tasa, si bien se incluyen dentro de los que menor carga económica tienen, el 'Grupo A'. Aquí se calcula la cuota en función de la superficie y el coste oscila entre los 80,74 euros y los 427,91 euros para los que superen los 300 metros cuadrados de superficie.
¿Qué bonificaciones hay?
Existe una para familias numerosas del 50% en la parte variable de la tasa, para rentas de familias con IPREM menor a 1,5 con un 75%, ambas son compatibles. Además, existe una reducción del 75% para quienes se acojan a un programa de compostaje domiciliario. Todas estas afectan solo a la parte variable y se podrán solicitar antes del fin de lazo del pago, el 31 de octubre de 2025, en el Regisrtro General. Para las actividades comerciales no existen bonificaciones como tal, pero sí podrán acogerse a un sistema de tributación alternativa si el propietario cree que su local genera menos residuos de los estimados. Para esto deberá presentar una declaración anual realizada por una empresa certificada que declare la producción real anual de residuos asimilables a domésticos y el cumplimiento de la normativa vigente en lo relativo a la recogida y eliminación del resto de residuos generados.
Una vez revisada y validada la documentación, el Ayuntamiento calculará la tasa en función de los kilos de residuos producidos, aplicando estas tarifas. Fracción resto, 0,18 euros el kilo, fracción orgánica, 0,15 euros el kilo, vidrio, 0,09 euros el kilo y papel y cartón, 0,04 euros el kilo. En esta modalidad, el coste mínimo de la tasa para las actividades comerciales será de 80,74 euros anuales, independientemente del volumen de residuos declarado.
¿Cómo se calcula?
En el caso de las viviendas está formada por una parte fija de 51,25 euros y una parte variable que depende del tamaño de la vivienda y del número de personas empadronadas en la misma.
En el caso de las actividades comerciales depende de dos factores. La actividad económica que se realiza en el negocio y la superficie del local.
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