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El alcalde de Ceinos, durante la vista oral. rodrigo jiménez
La jueza condena al alcalde de Ceinos a seis meses de cárcel por desobediencia

La jueza condena al alcalde de Ceinos a seis meses de cárcel por desobediencia

tribunales ·

La sentencia considera probado que el regidor hizo caso omiso de las sentencias que le obligan a ceder la custodia de su hijo a su exmujer

M. J. Pascual

Valladolid

Martes, 15 de marzo 2022, 21:07

El Juzgado de lo Penal 1 de Valladolid ha condenado por desobediencia grave al alcalde de Ceinos, Ricardo Collantes, a la pena de seis meses de prisión por el reiterado incumplimiento de las medidas relacionadas con la custodia de su hijo, menor de edad. El fallo considera probado que el regidor ha desobedecido la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 1 de Medina de Rioseco dictada el 28 de enero de 2021 que establecía que el menor quedara bajo la guarda y custodia de la madre con un régimen de visitas establecido tanto para los días lectivos y fines de semana como para las vacaciones de verano, Navidad y Semana Santa.

La magistrada indica en la sentencia, que puede ser recurrida, que el acusado, pese a conocer el régimen de guarda y custodia y visitas fijado «no ha cumplido el mismo en los fines de semana alternos correspondientes o verano, Navidad o Semana Santa reintegrando al menor al domicilio materno porque el menor ha vivido y vive en el domicilio del acusado».

Ante el incumplimiento del régimen de guarda y custodia, la expareja de Collantes solicitó que se le requiriera por el juzgado para que acatara las medidas del régimen de guarda y custodia. El acusado fue requerido en varias ocasiones para que cumpliera la sentencia y en un auto del 28 de octubre de 2021 se acordó imponerle multas coercitivas de 300 euros mensuales hasta que hiciera efectivo el régimen de guarda y custodia, algo que hasta la fecha no ha ocurrido.

«Explicar al niño la situación»

La juzgadora considera que no está acreditado que Collantes «hiciera lo posible» para que el menor fuera con su madre y además, subraya «es evidente que no es un niño de 8 años quien decide si quiere ir o no con su madre imponiendo su voluntad cuando existe una sentencia que otorga la guarda y custodia a la madre». En esta situación, prosigue el fallo, «los progenitores han de explicar al niño la situación de manera que sea entendida por él de acuerdo con su edad. Pero en cualquier caso, el acusado debía asegurar que se cumplía la sentencia y las distintas resoluciones judiciales que le requerían la entrega del niño, lo que obviamente no ha realizado».

Collantes se enfrenta a otro juicio el próximo mes de mayo, en el que su expareja solicitará que se le retire al alcalde la patria potestad del niño por los reiterados incumplimientos de sentencia.

En mayo de 2020, la abuela materna del niño denunció al regidor por malos tratos psicológicos a su hija durante una discusión. Tras pasar una noche en la Comandancia de Villalón de Campos, la jueza de Rioseco puso a Collantes en libertad sin fianza ni medidas cautelares y denegó la orden de protección solicitada por la mujer al considerar que no existían datos que evidenciaran una situación de riesgo. Hasta ese momento no constaban antecedentes por violencia de género.

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