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El Norte
Jueves, 3 de marzo 2022, 14:45
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a la exalcaldesa de Boecillo María Ángeles Rincón por un delito de prevaricación a la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de carácter electivo y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por un período de nueve años.
Así lo han comunicado este jueves fuentes judiciales en un comunicado recogido por Europa Press, en el que trasladan el fallo tras el juicio que sentó en el banquillo a la que fuera alcaldesa de la localidad vallisoletana en representación de Ciudadanos.
La Sala condena a la acusada, como autora de un delito de prevaricación administrativa, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de carácter electivo y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por periodo de nueve años, así como a una décima parte de las costas de este proceso, incluidas las de la acusación particular.
Eso sí, la exregidora queda absuelta de los restantes delitos de prevaricación por los que ha sido juzgada, de los delitos de malversación de caudales públicos y de otros contra los derechos de los trabajadores
En el juicio, celebrado a mediados del pasado mes de diciembre de 2021, la Fiscalía de Valladolid acudía con una petición para la exregidora de cuatro años de cárcel y diez de inhabilitación por delito continuado de malversación y otros quince de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación.
En concepto de responsabilidad civil, la acusación pública solicitaba que la encausada indemnice al Ayuntamiento de Boecillo con 11.102,32 euros y con otra cantidad a determinar por los materiales utilizados en una de las obras presuntamente ejecutadas de forma ilegal.
En la vista se analizaron hechos que se remontan al 9 de noviembre de 2016, cuando la entonces alcaldesa propuso el nombramiento temporal como encargado municipal de Obras, cargo que se hallaba vacante, de un agente de la Policía Local, y ello a pesar de que la compatibilidad de ambos cometidos no era posible.
La que fuera alcaldesa del municipio entre 2015 y 2019 defendió durante el juicio la licitud de sus decisiones como regidora, entre ellas la decisión de compatibilizar a un agente de la Policía Local como jefe de Mantenimiento, cobrando horas extra en este último cometido pese a que ya incluía disponibilidad. También la ejecución de distintas obras carentes de proyecto, sin proyecto ni dirección facultativa, como las de una nave, la reparación del puente del Peregrino e incluso, según la acusación pública, del sistema de abastecimiento de la localidad.
La alcaldesa se ampara en la creencia de que no estaba incurriendo en delito y ante la necesidad de cubrir una serie de «servicios esenciales» en el municipio. La ahora condenada sacó a relucir las malas relaciones que mantenía con el secretario municipal y enmarcó en este contexto la dificultad de discernir si los reparos que éste ponía a buena parte de sus decisiones seguían criterios objetivos o no.
Además, sobre la situación del agente de Policía Local como nuevo jefe de Mantenimiento, la exalcaldesa explica que autorizó esta atribución debido a que el puesto había quedado vacante en septiembre de 2015 fruto del despido obligado del anterior, «que había incurrido en un grave delito». Por ello, ante una bolsa de empleo que estaba «paralizada», la acusada permitió que el agente siguiera cobrando la nómina como tal pese a que dejó de prestar servicio y pasó a encargarse del área de Mantenimiento.
Aunque las acusaciones sostenían que esa compatibilización de funciones y el pago de horas extra al jefe de Mantenimiento era ilegal, tal y como consta en infinidad de informes del secretario e interventor municipales, al llevar implícito el puesto el concepto de disponibilidad, la exregidora reconoció que el nuevo encargado percibió una compensación económica por ellas al considerar que era de justicia. «Entiendo que cuando alguien hace horas extra hay que pagárselas o compensárselas de algún modo», incidió la encausada.
También defendió la legalidad de sus decisiones respecto de distintas obras que los acusadores consideraban que no siguieron los cauces administrativos correspondientes, entre ellas la reparación del Puente del Peregrino, una infraestructura antigua que, según advirtió la entonces alcaldesa, requería de una intervención urgente debido a su mal estado y el riesgo de accidente para los vecinos ya que por él transitan camiones de gran tonelaje y es punto de conexión entre urbanizaciones utilizado por los «chavales».
A lo largo de su interrogatorio, la ex de Ciudadanos denunció que no llegó a tomar por ciertos los informes en contra o reparos del secretario municipal a buena parte de sus decisiones, que además «no eran vinculantes», tras comprobar que su asesoramiento era intencionadamente para perjudicar los intereses del equipo de gobierno municipal. «No nos podíamos fiar de su criterio. Emitía informes de forma arbitraria», sostuvo la acusada, quien reconoció que al principio la relación era buena pero luego se dieron cuenta de que en algunos expedientes la intención del secretario era equivocar al equipo de gobierno.
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