Una cesta típica de Navidad. el norte

Fuerte multa a una frutera de Valladolid por estafar en un sorteo de una cesta navideña

tribunales ·

La sentencia impone a la acusada, además, el pago de una indemnización de cien euros para el denunciante

M. J. Pascual

Valladolid

Martes, 18 de octubre 2022, 14:49

La sentencia, por un delito leve de estafa, del Juzgado de Instrucción 1 de Valladolid, considera probado que la dueña de una frutería de Valladolid, I. O. V., en la Navidad de 2021 organizó el sorteo de una cesta y confeccionó un panel de 100 ... números vinculados a los premios del sorteo de Navidad de la Lotería Nacional que expuso en el exterior del local. El 17 de diciembre, F. R. A. vio el sorteo, se apuntó al número 48 y pagó dos euros. La frutera le apuntó el nombre e iniciales de los apellidos y el comprador tomó una fotografía del panel para no olvidarse del número.

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Tras realizarse el sorteo de navidad, el cliente comprobó que uno de los premios había terminado en 48, de manera que acudió a la frutería y le pidió a la dueña que le entregara la cesta. Pero ella se negó, argumentando que no le había tocado a él, sino a L. El denunciante comprobó que I. había cambiado la inicial de su nombre, F. a la casilla 58 «poniendo la inicial L. en la casilla número 48, pues no tenía intención de entregar la cesta al denunciante».

Según la sentencia, los hechos probados constituyen un delito leve de estafa. «La acción de organizar un sorteo da a entender la capacidad y disposición del pago por parte de quien lo organiza que, sin embargo, cambió el nombre del premiado, excluyendo al denunciante, legítimo ganador». Esta acción, subraya el magistrado José María Crespo, «constituye una acción concluyente determinante del engaño bastante que da lugar al error requerido por la jurisprudencia» para que sea delito de estafa.

La principal prueba de cargo contra la frutera es la fotografía del panel con los números que el denunciante realizó sin que ella se diera cuenta

En este caso, como el importe defraudado no supera los 400 euros, el delito es leve, del que tiene que responder la denunciada «por su participación material, directa y voluntaria» en los hechos. Subraya el juzgador que el hecho denunciado «fue descrito perfectamente por el denunciante, que se ratificó en el juicio con datos claros, concisos y apoyados por los documentos». Destacan, en concreto, «las fotografías cotejadas en el juicio que reflejan el cambio, lo que denota que la denunciada no quería dar el premio al ganador desde el momento en que pagó los dos euros. Tal es así que inesperadamente salió el número 48 y procedio a cambiarlo al 58. No sabía que F. tenía una fotografía del panel que acreditaba la realidad».

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Por ello la sentencia impone a la denunciada 900 euros de multa (90 días con cuota diaria de 10 euros) y en el caso de impago «una vez hecha exclusión de sus bienes», un día de arresto sustitutorio por cada dos cuotas dejadas de abonar. Como responsabilidad civil, tendrá que indemnizar al perjudicado con 100 euros. Lo justifica el magistrado en que «el panel tenía 100 números, a dos euros, y es costumbre en este tipo de sorteos entregar un premio por la mitad del valor».

La resolución no es firme y cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valladolid.

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