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El profesor Fernando Valdés Dal-Ré (Valladolid, 1945) dejó a mediados de los años ochenta del pasado siglo su domicilio de la calle León de la capital vallisoletana para ocupar su cátedra de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad ... Complutense de Madrid, sin cortar del todo el vínculo con su alma mater, la UVA, que en 2015 le distinguió con el doctorado honoris causa. Inspector de trabajo en excedencia de la promoción del 68, Valdés Dal-Ré fue nombrado magistrado del Tribunal Constitucional por el Congreso en 2012 a propuesta del PSOE.
El jurista nunca ha ocultado su tendencia progresista (participó en el programa electoral del Partido Socialista de 2004, las primeras elecciones de Zapatero), ni en sus críticas (se opone abiertamente a la reforma laboral del Partido Popular), ni en las sentencias que firma o en sus votos particulares, como el de 2019 que consideraba inconstitucional prolongar la prisión provisional a Oriol Junqueras. Su voto, en la misma línea de los de Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer, rompió la unidad de criterio sobre el procés mantenida hasta entonces por el TC.
Una de estas resoluciones del magistrado –cuya carrera en el órgano de garantías está pendiente del recorrido de la denuncia contra él presentada el pasado martes como presunto autor de un delito de violencia de género en su domicilio de Majadahonda–, fue la que, en febrero del pasado año, obligó a las Cortes de Castilla y León a reactivar la comisión de la trama eólica.
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Los trabajos para depurar las responsabilidades políticas de una supuesta trama de cobro de 81 millones de euros en comisiones –para el reparto de la tarta de los parques eólicos a empresarios afines al Gobierno autonómico del PP y la operación de compra venta del edificio conocido como Perla Negra– estaban bloqueados desde 2017 y el Grupo Socialista presentó un recurso de amparo ante el Constitucional, que prosperó.
Según la resolución de la Sala Segunda del TC, de la que fue ponente el magistrado vallisoletano, la Mesa de las Cortes de Castilla y León (con mayoría del PP) vulneró el derecho de los procuradores del PSOE en la comisión de investigación a ejercer sus funciones representativas, al negarles el amparo que ambos habían solicitado para evitar la paralización de la comisión de investigación de la trama eólica, que se había creado en octubre de 2015. En la sentencia se indica que los trabajos de la comisión de investigación «se han traducido en una dinámica que paraliza, perturba, obstruye o, cuanto menos, dilata y demora su finalidad y con ello restringe el ejercicio del cargo por parte de los procuradores».
El magistrado autor de esta resolución está ahora a disposición judicial, anque las asociaciones de jueces Francisco de Vitoria (AJFV), Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) y Foro Judicial Independiente (FJI) apelan a la presunción de inocencia y de momento no van a pedir su dimisión. Valdés solo puede ser investigado por el Tribunal Supremo, ya que está aforado por su condición de magistrado. Su cargo lleva pendiente de renovación desde hace un año.
El único precedente de un magistrado del Tribunal Constitucional que haya presentado su dimisión es el de Enrique López, actual consejero de Justicia de la Comunidad de Madrid, que en 2014 dio positivo en un control de alcoholemia al que la Policía le sometió después de ser interceptado por circular en su moto sin casco.
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