El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha confirmado la anulación de la rebaja salarial del 9% de media, que la empresa C&D Foods Spain aplicó a sus 70 empleados el pasado año alegando causas económicas por la bajada de ingresos ... y el aumento de los costes.
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En menos de una semana, desde que se dio a conocer esta sentencia el pasado 7 de marzo, dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Valladolid, el tribunal regional ha comunicado a la dirección y a los representantes de los trabajadores, que presentaron conflicto colectivo por esta decisión empresarial, que «la medida indefinida no era necesaria en la situación de la empresa».
La compañía multinacional irlandesa, dedicada a la fabricación de piensos y alimentos para animales de compañía, presentó un escrito al comité de empresa, el 28 de febrero de 2018, en el que anunciaba dos actuaciones para paliar la situación de pérdidas por 1,4 millones de euros.
La primera medida consistía en la reducción «indefinida» para aquellos trabajadores con ingresos superiores a los 52.000 euros año, y otra del 7% para el resto de los empleados (unos 60) por tener un salario por encima del convenio estatal (20.000 euros).
Además, se suprimían 5 días de libre disposición adicionales a los 22 de vacaciones anuales. Esos días se venían disfrutando desde la firma del convenio del 2006. Paralelamente, la empresa despidió a 8 trabajadores para reducir el coste salarial.
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Ahora, en su sentencia del pasado 14 de marzo por el recurso que presentó C&D Foods, el TSJ no solo ratifica la decisión del juez de lo Social, sino que da por válido el informe pericial que encargó a una economista en el que se demuestra que «fue el coste de los aprovisionamientos», que se hicieron fuera de España, los que incidieron principalmente en el coste productivo y en el resultado final del ejercicio de pérdidas.
«Desde el 2016, año del cambio del Administrador Único, las compras con el grupo [irlandés] se han intensificado, pasando a representar en el último ejercicio el 49% del total, prácticamente duplicándose, mientras que con el resto de proveedores descienden un 18%», ratifica el TSJ, que descarta que puedan existir «errores en aspectos de la auditoría» que no fueron tenidos en cuenta por la economista y el juez de lo Social.
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«El informe presentado por la empresa no contiene una imagen fiel» para justificar la reducción de las nóminas, dicen los magistrados del TSJ, que reprochan a la mercantil su intención de introducir una revisión de nuevos hechos durante el recurso presentado ante el Alto Tribunal regional.
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