Pancarta de apoyo al colectivo en el Día del Orgullo Gay. A. V.
Valladolid

Una jueza rechaza el recurso de Abogados Cristianos contra la pancarta LGTBI en el Ayuntamiento

El auto recuerda que los principios recogidos en los estatutos de la entidad no avalan su derecho a alegar contra la decisión municipal

J. Asua

Valladolid

Viernes, 26 de noviembre 2021

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Valladolid ha resuelto que la entidad ultracatólica Abogados Cristianos no tiene legitimación para recurrir la decisión del Ayuntamiento de Valladolid de colgar una pancarta de apoyo al colectivo LGTBI en la balconada de la Casa ... Consistorial. El auto de la magistrada María Luaces, que puede ser recurrido ante el TSJ, esgrime varias sentencias para descartar que los principios recogidos en los estatutos de esta entidad, entre los que destaca la defensa de la familia natural y cristiana, puedan avalar su derecho a presentar un recurso.

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Es decir, no cabe la autolegitimación para intentar frenar una decisión de la Administración, un planteamiento que ya ha recordado el Supremo en varias resoluciones. El auto, del pasado 24 de noviembre, recoge un párrafo aclaratorio. «Cualquier asociación que incluya entre sus fines un objetivo similar podría tener legitimación para impugnar aquello que juzgara contrario a Derecho, en cualquier ámbito sectorial, lo que supondría el reconocimiento de una suerte de acción popular universal desconocida en nuestro ordenamiento jurídico», se recuerda.

Abogados Cristianos solicitó en junio de 2021, como medida cautelar, la retirada de la pancarta arcoíris de apoyo al colectivo que se colgó en la sede municipal. Sin embargo, ese cartel se retiró una vez que pasó la celebración del Día de Orgullo Gay. El Ayuntamiento alegó la pérdida del objeto del proceso, pero la asociación quiso seguir adelante para que se declarara nulo de pleno derecho este acto y no pudiese volverse a colgar al considerar que el cartel vulneraba el deber de neutralidad y objetividad de las instituciones. Los servicios jurídicos del Consistorio alegaron la falta de legitimación activa de esta asociación y la jueza, que no analiza el fondo del asunto, lo ha estimado.

Belén, violencia machista...

Fuentes municipales celebran esta decisión y subrayan que la objetividad y neutralidad «pasa por dar voz a todos colectivos». Ponen como ejemplo el portal de Belén que está instalado ahora a la entrada del Consistorio y que, en este caso, a Abogados Cristianos «nunca le ha preocupado». Como tampoco las pancartas contra la violencia machista o contra el racismo, que aunque tengan un significado político reflejan valores constitucionales aceptados por todos (o casi).

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El criterio de Luaces contrasta con la decisión que tomó en 2020 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Valladolid, que preside el magistrado Francisco Javier Zatarain, cuando condenó a la Diputación de Valladolid a pagar las costas y declaró nula la decisión de colgar la bandera LGTBI en uno de los balcones de su fachada. Aludía esa resolución a ese deber de neutralidad, así como a la Ley de Banderas, al no ser la del colectivo ninguna de las consideradas oficiales para poder ondear en un edificio público. Este año, la institución provincial la desplegó en el patio interior del Palacio de Pimentel para evitar problemas.

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