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«Tranquila que no eres la primera, le está pasando a mucha gente». Esa es la respuesta que recibió hace unos días una conductora de Valladolid que visitó la estación del polígono de Argales para realizar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) dos meses antes ... de que caducara el plazo. La mujer, acostumbrada a revisar su vehículo a finales de abril de cada año para evitar multas, comprobó en el resguardo que la había pasado el día 28 de ese mes de 2023 y pidió cita en una fecha similar de 2024. Su sorpresa fue cuando en la ventanilla administrativa le dijeron que se había adelantado: hasta el 1 de julio no le tocaba.
Para entender lo ocurrido hay que retrotraerse a los fatídicos días del encierro en casa por la pandemia de coronavirus. La declaración del estado de alarma, que arrancó el 14 de marzo de 2020 y se prolongó hasta el 20 de junio, limitó la libre circulación en el conjunto del territorio nacional y cerró todos los negocios y servicios no esenciales. Entre ellos, las estaciones de ITV.
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La usuaria del principio tenía hasta el 4 de abril de 2020 para pasar la inspección de su turismo, así que le pilló de lleno el confinamiento y no pudo cumplir con ese trámite hasta el 6 de junio. Para su sorpresa –y la de otros muchos ciudadanos en la misma situación– la vigencia no se extendió durante un año completo, sino que se tomó como referencia la fecha inicial. Es decir, hasta abril de 2021.
La base legal estaba en la Orden SND 413/2020, de 15 de mayo, del Ministerio de Sanidad, que acortó el periodo de validez de las ITV favorables realizadas tras la declaración del primer estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas. Dos patronales del transporte (Fenadismer y FEAT-Tarragona) y otras dos organizaciones (la Fundación Avata de Ayuda al Accidentado y Automovilistas Europeos Asociados) recurrieron y el Tribunal Supremo les dio la razón a finales de 2021, anulando el apartado segundo de la norma por vulnerar el ordenamiento jurídico y el Derecho de la UE.
El Ministerio de la Presidencia hizo suyas esas sentencias en el Real Decreto 750/2022, de 13 de septiembre, donde estableció que los conductores tenían derecho a recuperar los días de ITV «en la siguiente inspección» desde la fecha de entrada en vigor de esa regulación, es decir, del 27 de septiembre de 2022 en adelante. Teniendo en cuenta que los afectados son aquellos a los que les caducó entre el 14 de marzo y el 20 de junio de 2020, la ampliación del plazo se hizo efectiva en su documentación durante el primer semestre de 2023.
Si está caducada. Tanto circular con el vehículo como tenerlo estacionado en el garaje o en la calle sin haber realizado la inspección en la fecha en la que le correspondía acarrea una sanción económica de 200 euros y la obligación inmediata de realizar la ITV.
Si es desfavorable. Seguir circulando con un vehículo al que se le han detectado defectos graves que solo le permitirían desplazarse hasta el lugar de reparación implica una multa de 200 euros. En este supuesto el titular está obligado a subsanarlos y volver a la estación de ITV, en un plazo máximo de dos meses, para comprobar que todo está en orden.
Si es negativa. Seguir circulando con un vehículo al que se le han encontrado defectos muy graves acarrea una sanción de 500 euros. En estos casos no está permitido que abandone la estación de ITV por medios propios, sino que debe hacerlo transportado por una grúa hasta el taller y regresar, en un plazo máximo de dos meses, para revisar que ha sido arreglado.
Esos conductores están volviendo ahora a renovar la inspección, en los casos en que deben hacerlo anualmente. Y algunos de ellos, en un número no menor, no son conscientes de que se les ha prolongado la vigencia de la documentación. De ahí que se encuentren con la sorpresa –en este caso positiva– de que tienen más tiempo para hacerlo, incluso bien entrado el verano.
La patronal del sector, AECA-ITV (Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos), entiende que esas confusiones no deberían producirse «ya que en la pegatina de ITV y en el último informe de inspección se deja constancia de la fecha exacta en la que deben realizarla», algo que también se puede comprobar «a través de la aplicación miDGT». Por eso cree que aquellos usuarios que acuden antes de la fecha «puede ser más bien por despiste», y no fruto de una insuficiente comunicación por parte de las autoridades.
Al hilo de esto, AECA-ITV recuerda que la Inspección Técnica de Vehículos se puede pasar hasta un mes antes de la fecha de caducidad sin perder días de validez. Por ejemplo, el propietario de un coche al que le venza el próximo 18 de junio podría acudir a una de las 500 estaciones que hay en el conjunto del país este 20 de mayo y, si ha de realizar la ITV cada año, la fecha de la siguiente inspección seguiría siendo el 15 de junio.
«Más allá del riesgo de sufrir o provocar un siniestro vial y el daño al medio ambiente que conlleva circular con un vehículo sin la inspección técnica al día, no cumplir con esta obligación es sancionable con 200 ó 500 euros de multa, dependiendo del caso». Es la advertencia de la patronal del sector de las ITV, que añade que a estas multas «hay que añadir la no cobertura de la compañía aseguradora en caso de siniestro, lo que puede originar nos elevados gastos para el propietario del vehículo en función de la gravedad del hecho», indica AECA-ITV.
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