Secciones
Servicios
Destacamos
«La motivación de la resolución sancionadora es de una abstracción tal que causa indefensión. De su indeterminación puede afirmarse que es válida para sanciones en materia de tráfico, de seguridad ciudadana, de convivencia, de ruido...», subraya en su sentencia el magistrado Francisco Javier ... Zaratain y Valdemoro. Especialista de la Sala Tercera (de lo Contencioso Administrativo) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, ejerce como juez sustituto en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 y comenta que tal vez su condición primigenia de fiscal de carrera y su etapa en el País Vasco se nota en la claridad y concisión de sus resoluciones, que son al pan, pan y al vino, vino. «No vine aquí para hacer amigos, sino para hacer justicia», señala cuando se le pregunta por el impacto de sus resoluciones en las administraciones demandadas.
Noticia Relacionada
«La Ley hay que entenderla a favor del ciudadano», proclama. E insiste en que «si cuando se lee una sentencia mía se sabe lo que ha pasado, es que es buena; si lees las notificaciones sancionadoras del Ayuntamiento no sabes si es por tráfico o por hacer ruido. ¿Alguien que no sea un técnico sabe lo que significa la sigla RGC (Reglamento General de Circulación)?».
El gran abuso de los procedimientos sancionadores de las Administraciones, explica, es que «se aplica plantilla», no se notifica correctamente al interesado y «se tramitan en masa, sin individualizar, con nuevos formularios que arrancan de una redacción bastante equívoca de la Ley». Una manera de proceder de las Administraciones públicas que, como en el caso de los 'foto-rojo', cuya existencia no se señaliza convenientemente para advertir a los conductores, pone en evidencia los fines exclusivamente recaudatorios .
El resultado es que de cinco mil multas solo se recurren tres. Y los Ayuntamientos, que tienen todas las herramientas legales «tienen que cumplir las reglas del juego» y ser escrupulosos. «No porque sean cuantías de 300 euros estás legitimado a saltarte el procedimiento», apostilla este magistrado, que lleva dos décadas aplicando el Derecho Administrativo en sus sentencias.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.