El Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid ha condenado a Silvia Sáez Belloso «como autora criminalmente responsable de un delito de coacciones -impidió «de manera reiterada», según la sentencia el acceso a los representantes legales del Consejo Autonómico de Enfermería- a la pena ... de doce meses de multa con cuota diaria de doce euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y con condena al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular». Es la sentencia, con fecha de este 17 de abril, contra la presidenta del Colegio Profesional de Enfermería de Valladolid, inhabilitada en su cargo –actualmente en trámite en segunda Instancia– hasta agosto de 2024.
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El fallo judicial, que responde así tanto a la acusación del Consejo regional como del Ministerio Fiscal, considera probado que la acusada «de manera reiterada» impidió el acceso a los representantes del Consejo Autonómico de Enfermería al edificio de la calle Alcalleres de Valladolid en el que se encuentran las sedes de ambas corporaciones. La organización autonómica es propietaria de la segunda y tercera planta y la primera fue vendida a la vallisoletana en 2020.
Según la resolución judicial, Silvia Sáez dio instrucciones de no permitir la entrada «salvo a las personas que figuraran en un listado proporcionado por el propio colegio cada mañana, en el que nunca iban a estar los miembros del Consejo ni los trabajadores del mismo». Para ello contrató a una empresa de seguridad privada que evitara que pudiera acceder a la sede el que había sido nombrado presidente de la organización autonómica, Enrique Ruiz Forner, así como otros miembros de la la misma.
Establece la sentencia que el anterior presidente regional, Alfredo Escaja, ya no tenía representación alguna en el Consejo autonómico –algo que ha estado sometido también a un proceso judicial– y que, por ello, no cabía impedir la entrada a los nuevos titulares. «La prueba practicada no deja lugar a dudas sobre la relación sentimental, admitida, de la ahora acusada con el anterior presidente del Consejo Regional (Alfredo Escaja) y cómo desde el momento en que se produce el relevo en el equipo rector conforme a derecho el Colegio de Enfermería de Valladolid se posiciona abiertamente en contra de ese relevo», según el texto judicial. Al menos seis veces recoge la sentencia el impedimento de acceder al edificio no solo de los miembros del Consejo sino de un técnico de una empresa de seguridad que los acompañaba para retirar las alarmas ubicadas en las zonas comunes del inmueble por la que fuera presidenta provincial.
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Ana Santiago
Silvia Sáez ya había sido sancionada por el Consejo de Castilla y León a dos años de inhabilitación –confirmada por sentencia de primera instancia y desestimada su suspensión cautelar en primera instancia, apelación y casación ante el Supremo, por ignorar los requerimientos del Consejo autonómico.
Según la sentencia del Juzgado de lo Penal, contra la que cabe recurso, «pese a no conseguir sus fines en la jurisdicción contencioso-administrativa realizó una serie de actos dirigidos a imposibilitar el acceso de los representantes y trabajadores del Consejo al edificio», añadiendo que «en preparación de un plan para reforzar su posición obstativa y dificultar las labores del Consejo, había convocado e intervino en la constitución de la Comunidad de Propietarios del edificio de la calle Alcalleres, acto al que convocó como representante del Consejo a quien ya sabía que carecía de cualquier cargo representativo (su cónyuge)», resultando nombrada presidenta de dicha comunidad «que acordó el 24 de febrero de 2022, a requerimiento del Colegio de Enfermería presidido por ella misma», la citada contratación del servicio de seguridad.
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La sentencia añade que «la batería de acciones llevada a cabo con un plan preconcebido sólo buscaba hurtar virtualidad a decisiones judiciales que, como no podían ser desobedecidas directamente, se optó por dificultar al extremo el ejercicio de las funciones de los nuevos cargos regionales adoptando una posición beligerante e interesada en mantener una ficción como la de que mientras no hubiera sentencia firme el nuevo equipo rector no tenía legitimidad para actuar, actuando así a sabiendas de un hecho y una realidad incierta con claro desprecio a la verdad, revistiendo esa decisión a través de la negativa a permitir ese acceso mediante las rocambolescas estrategias relatadas».
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