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El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valladolid ha dictado una resolución por la que exonera a un farmacéutico vallisoletano de una deuda reconocida que ascendía a un importe de mas de cinco millones de euros, por aplicación y gracias a la ley ... de la segunda oportunidad, después de concluir el procedimiento concursal iniciado por concurrir los requisitos de buena fe del deudor y toda vez que se da el supuesto de «inexistencia de bienes o derechos propiedad del concursado suficientes para satisfacer los créditos de los acreedores».
Se trata de la mayor extinción de deuda en Castilla y León sobre una persona física y una de las más relevantes en España.
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Una exoneración que le libera del pago de los créditos concursales reconocidos, con el único requisito del cumplimiento del plan de pagos presentado por el deudor. De esta forma, R.C., que ha estado desde el año 2019 asesorado y asistido por el letrado Ignacio Brágimo Abejón, ha elaborado un plan de pagos a cinco años adecuado a sus recursos económicos que ha sido aprobado por el juzgado, plan en el que se ha tenido en cuenta los 64 años del deudor y su proximidad a la jubilación, «procediendo a hacer frente al plan con los únicos ingresos que perciba de su pensión».
Según refleja los fundamentos de derecho del auto, este caso, iniciado el 28 de marzo de 2014 cuando se declaró a R.C. en concurso ordinario necesario, «se dan los presupuestos para acordar la conclusión por carencia de bienes del deudor, así como la aprobación del plan de pagos, al cumplirse los requisitos legales, estando ajustado este a la capacidad económica del concursado». Procedimiento este que ha tenido un plus de complejidad por ser declarado culpable en su momento el concurso y durante el cual se acordó por el juzgado a petición del deudor la separación de la administradora concursal inicialmente nombrada por el juzgado, ante la injustificada dilación y demora en el cumplimiento de sus obligaciones en el citado procedimiento.
La ley de segunda oportunidad es un mecanismo legal que permite a particulares y autónomos en situación de insolvencia renegociar sus deudas o cancelarlas de forma total o parcial. Es un procedimiento pensado para que las personas físicas, con o sin actividad empresarial, que no puedan hacer frente a sus obligaciones de pago eliminen total o parcialmente sus deudas y puedan empezar de cero.
El objetivo de este procedimiento es ayudar a quien se encuentra en una situación de insolvencia o quiebra a superarla, sin que por ello se descuide los derechos de cobro de los acreedores. El procedimiento de segunda oportunidad en España cumple una triple función, social (regeneración de la economía ciudadana), de efectividad de cobro (transparencia y disposición para los acreedores), y economía procesal (unificación de reclamaciones de cantidad de un único proceso polivalente).
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