1983: Castilla y León inicia su autogobierno
165 aniversario de El Norte de Castilla ·
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165 aniversario de El Norte de Castilla ·
En febrero se aprobaba el Estatuto de Autonomía de la comunidad, después de un tortuoso proceso que estuvo plagado de disensiones internasEl 22 de febrero de 1983 las Cortes Generales aprobaban definitivamente el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y, como señalaba El Norte de Castilla en la portada del día siguiente, lo hacían incorporando la Ley Orgánica de integración de la provincia de Segovia, señal de las dificultades del proceso.
No conviene olvidar que la Constitución de 1978, refrendada por el pueblo español en diciembre, no solo reconocía la existencia de nacionalidades y regiones, sino también la de unos territorios «históricos»: aquellas comunidades que tuvieron Estatuto de Autonomía (aprobado, como en el caso de Cataluña o País Vasco, o presentado, como en el gallego) durante la Segunda República.
Por eso estableció dos formas de acceso a la autonomía: una «vía rápida», concebida fundamentalmente para Cataluña, País Vasco y Galicia, regulada en el artículo 151 de la Constitución; y una «vía lenta», la establecida en el artículo 143, que fijaba una asunción gradual de competencias durante cinco años. Además de Cataluña, País Vasco y Galicia, también Andalucía –tras el referéndum de febrero de 1980– pudo acogerse a los mecanismos previstos en el artículo 151. Navarra, Canarias y Valencia siguieron procesos específicos que les permitieron alcanzar una autonomía más rápida y amplia, mientras que Castilla y León entró a formar parte del grupo de comunidades que, por no haber contado con Estatuto en época republicana, hubieron de seguir la vía autonómica lenta.
El camino hasta la confección de un texto base de Estatuto de Autonomía vino empedrado de serias dificultades: en primer lugar internas, debido a las constantes amenazas de secesión procedentes de León y Segovia, pero también externas a tenor de la fuerte crisis que atravesaba la UCD, partido gobernante, y el propio presidente, Adolfo Suárez. La dimisión de este y la intentona golpista durante la investidura de su sucesor, Leopoldo Calvo Sotelo, constituyeron en realidad un acicate para racionalizar el proceso autonómico. Además, el llamado Informe Enterría, elaborado por el insigne catedrático a instancias de Calvo Sotelo, afectó de lleno al proceso autonómico castellano y leonés, al afirmar que debía generalizarse la creación de comunidades autónomas y que «las Comunidades uniprovinciales deben ser excepción».
Tras varios meses de negociaciones entre PSOE y UCD, el texto base del Estatuto se aprobó en junio de 1981 merced a la abrumadora mayoría de UCD en dos asambleas celebradas en Soria y Salamanca. Los centristas impusieron sus criterios en tres puntos: la concesión de la capitalidad a la localidad vallisoletana de Tordesillas, el papel privilegiado de las diputaciones y un sistema electoral que primaba la representación de las provincias menos pobladas.
Aun así, la aprobación del Estatuto aún habría de esperar: la dura campaña de los centristas segovianos liderados por Modesto Fraile, a favor de la autonomía uniprovincial, y la crisis interna del partido gobernante retrasaron los trámites. Y en agosto, la convocatoria, por parte de Calvo Sotelo, de elecciones anticipadas para octubre de 1982, lo paralizó.
De ahí que el proceso parlamentario de tramitación y aprobación del Estatuto castellano y leonés se llevara a cabo ya con el PSOE en el Gobierno de la nación, lo que introdujo modificaciones sustanciales en el texto. En dicha tramitación en las Cortes nacionales se rechazaron las pretensiones del Grupo Parlamentario Popular de separar León de la autonomía, y también las de los nacionalistas vascos sobre el Condado burgalés de Treviño; además, Tordesillas perdió su condición capitalina y el Estatuto dejó a las futuras Cortes autonómicas la decisión definitiva sobre esa delicada cuestión.
Especial 165 aniversario
El 22 de febrero de 1983 el Congreso aprobaba definitivamente el texto por 208 votos a favor, 100 abstenciones, cuatro votos en contra y dos nulos. Con el Estatuto castellano y leonés se cerraba el mapa autonómico español, pues no solo había sido el último en aprobarse, sino que lo hacía en una situación difícil: un recurso interpuesto en enero por la Diputación de Segovia a favor de la autonomía uniprovincial provocó que el texto no pudiera incluir a esta provincia en la delimitación territorial. Castilla y León nacía, por tanto, con ocho provincias; la incorporación de Segovia tuvo que realizarse mediante la Ley Orgánica 5/1983 de 11 de marzo, por «motivos de interés nacional», de acuerdo con lo previsto en el artículo 144 c) de la Constitución.
Además, en junio de 1983, 54 senadores del Grupo Parlamentario Popular presentaron dos recursos ante el Tribunal Constitucional, uno contra el Estatuto, para excluir a León de la comunidad, y otro contra la Ley Orgánica de incorporación de Segovia. A su vez, el Gobierno y el Parlamento vasco presentaron otros dos recursos de inconstitucionalidad contra la disposición transitoria séptima tercera, referida a Treviño. Ninguno de los cuatro recursos prosperó.
El 23 de febrero de 1983 El Norte de Castilla dedicó una breve reseña en portada a la aprobación definitiva del Estatuto de Autonomía de la comunidad en el Congreso de los Diputados, en la sesión plenaria del día anterior. El periódico dejó constancia de que el Grupo Popular se abstuvo en la votación.
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Mikel Labastida y Leticia Aróstegui (diseño)
Óscar Beltrán de Otálora y Gonzalo de las Heras
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