El alcalde, Jesús Julio Carnero, durante un pleno municipal. Carlos Espeso

Desestiman el recurso del PSOE contra el puesto del 'Alcalde B' de Valladolid

El Juzgado de lo Contencioso ha esgrimido en una sentencia que no se produce una delegación de funciones sino que se crea un órgano de apoyo

El Norte

Valladolid

Viernes, 12 de abril 2024, 10:04

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de Valladolid ha desestimado el recurso interpuesto por el portavoz del Grupo Socialista en el Ayuntamiento de la capital vallisoletana contra el acuerdo de la Junta de Gobierno adoptado en la sesión celebrada el pasado día 21 de agosto de 2023. Mediante el mismo se modificaba la relación puestos de trabajo (RPT) para incorporar el cargo de director de Coordinación de Políticas Públicas al organigrama del Ayuntamiento. Indalecio Escudero, exviceconsejero de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano de la Consejería de Presidencia, fue designado para el puesto el pasado mes de octubre.

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En la sentencia, de la que se ha hecho eco la Agencia Ical, se argumenta que la aprobación del nuevo puesto de trabajo no debe pasar por Pleno y se recalca que «en ningún momento se está produciendo una delegación de funciones, sino que se está creando un órgano de apoyo a la Alcaldía». Además, incide en que el catálogo de funciones no dice que el director de coordinación de Políticas Públicas tenga la potestad de elaborar o decidir la planificación de la acción de gobierno, o que coordine las políticas públicas, sino que «su función es la de apoyar al alcalde y coordinar la labor municipal».

El Juzgado considera que se ha cumplido el procedimiento formal exigido, al contar con un informe previo de la Secretaria, negociar la aprobación con los representantes sindicales, recibir la aprobación de la Junta de Gobierno y ser publicado en el Boletín Oficial de la Provincia.

Además, también se argumenta que se ha realizado el informe de sostenibilidad financiera, algo alegado por el demandante, y se recalca que «el Ayuntamiento tiene habilitación presupuestaria para asumir el gasto». Así mismo el dictamen judicial rechaza que el informe jurídico y del interventor fuera solicitado y emitido sin que se remitiera el expediente administrativo completo, ni a la asesoría jurídica ni al Secretario General ni al interventor.

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